Un hombre presentó acción de desalojo contra un matrimonio que ocupó un terreno que pertenecía a su ex esposa y del que alegó ser heredero, acción admitida en primera instancia por considerar al demandante propietario "de buena fe". La Cámara Civil y Comercial de Mercedes la revocó al ponderar que los ocupantes se hicieron cargo de remodelar el loteo y que el accionante no acreditó más allá de su buena fe ser titular del inmueble.
En la causa “P.F. C/ B. C. R. S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)”, la Sala I de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mercedes revocó la sentencia de primera instancia, que había admitido la demanda de desalojo iniciada por el actor.
El demandante promovió la mencionada denuncia contra los accionados por intrusión en un lote de terreno en el cual su cónyuge había sido la ocupante originaria, habiendo adquirido la posesión “mediante una causa lícita”.
Manifestó que él, en su carácter de heredero forzoso, era continuador de la misma, administraba la parcela, pagaba los impuestos y verificaba que se encontrara en buenas condiciones, manteniendo una relación contractual con el M.A, quien se apersonaba para realizar el mantenimiento.
Sin embargo, en febrero de 2019, pasó por el terreno, observó que se hallaba libre de ocupantes con el pasto crecido, y al decirle a A., éste pasó el 25/02/19 y se encontró con algunas personas que estaban cortando el pasto y no le permitieron el ingreso.
La demandada respondió afirmando que desde julio de 2017 se hallaba viviendo en el terreno junto al padre de su hijo, que ingresaron al lote de manera pacífica, continua e ininterrumpida, dado que se hallaba libre de ocupantes y que estaban construyendo su casa.
Dijo que previamente hicieron actos posesorios, como desmalezamiento, alambrado, instalación de luz eléctrica y la defensa y exclusión de terceros. Aclaró que la numeración indicada le fue informada por la empresa prestadora del servicio eléctrico y era la que usaba, por lo que desconocía si se correspondía con la numeración municipal y si coincidía con el lugar señalado por la actora.
Citó jurisprudencia en cuanto a que si el accionado probaba “prima facie” la posesión, no era procedente la acción de desalojo.
El juez de primera instancia admitió la demanda de desalojo por concluir que estaba probada la vinculación de hecho de buena fe entre el actor y el lote, y que esa relación de poder fue interrumpida por la accionada al instalar una casilla de madera en circunstancias asimilables a un comportamiento clandestino.
Tal decisión fue apelada por la demandada, lo que elevó la causa a la Sala I de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mercedes. Los jueces Emilio A. Ibarlucia, Tomas M. Etchegaray y Pablo Deluca consideraron que en el caso de autos no se invocó la calidad de propietario sino la de poseedor del inmueble, por lo que debe analizarse si se ha probado el carácter de intrusa de la accionada en la medida en que ella se ha defendido invocando también su carácter de poseedora.
“Aún admitiendo que el actor probó (por vía de los testigos y con los certificados de fs. 16/17) que era poseedor del lote con anterioridad a que lo ocupara la demandada con su familia, entiendo que ésta también probó “prima facie” su carácter de poseedora” afirmaron los magistrados.
En esa línea ponderaron que los testigos “no fueron muy precisos, pero lo suficiente como para que pueda darse por acreditado que mucho antes de que el actor advirtiera que el terreno estaba ocupado, ella y su familia habían comenzado a ejercer actos posesorios”.
La sentencia evalúa que en casos como el de autos, cuando se enfrentan dos poseedores (“poseedor contra poseedor”) se produce la situación que siempre se ha negado que pueda resolverse en un juicio de desalojo.
La sentencia evalúa que en casos como el de autos, cuando se enfrentan dos poseedores (“poseedor contra poseedor”) se produce la situación que siempre se ha negado que pueda resolverse en un juicio de desalojo.
Respecto a la sentencia de grado, los magistrados desestimaron el argumento de la “buena fe” del accionante: “lo cierto es que el carácter de poseedor con ánimo de dueño no requiere de buena fe (art. 1909 C.C.C., Alterini, Jorge H., ob. cit., p. 457). Al contrario, en la gran mayoría de los casos la posesión es de mala fe en la medida que se sabe que el terreno ocupado es “de otro”.
“El sentenciante dice que la clandestinidad se asocia con la precaución de que no se exteriorice la toma de la posesión para que no llegue a conocimiento de terceros. Y me pregunto: ¿cómo no va a llegar a ser conocido por terceros que en un terreno – alambrado o no - haya gente cortando el pasto, instalando una casilla de madera, viviendo ahí (basta ver las fotos para advertir que necesariamente sus ocupantes tienen que circular por afuera), con luz eléctrica, etc.? ¿Acaso los vecinos podrían no ver nada?” concluye la resolución.