Un tribunal de Córdoba condenó a pagar casi $800.000 a un jugador de futbol que fue insultado de forma discriminatoria por un efectivo policial que se encontraba en el campo de juego mientras se disputaba un partido. La sentencia destaca que en numerosas ocasiones se originan estas situaciones amparadas en el "folklore del futbol".
El 29 de junio de 2014 se disputó en Córdoba el partido de semifinales de fútbol entre los equipos de primera división del Club Matienzo Mutual Social y Deportivo de Monte Buey y del Club A en la cancha de "Matienzo" en Monte Buey, dentro de la organización que establece la "Liga Bellvillense de Fútbol".
En el minuto 72 del partido, un efectivo policial que se encontraba adentro del campo, muy cerca de la cancha, le dijo a un jugador que acababa de ser expulsado "negro sidoso" frente a todo el público y varios medios de comunicación, motivo por el que se generó un tumulto y el árbitro lo expulsó.
Además, el jugador inició demanda por daños y perjuicios en contra del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, del Club Matienzo Mutual, social y Deportivo y en contra del sargento inculpado, reclamando una indemnización de $ 898.000.
La víctima señaló que su piel es oscura y padece sida desde hace varios años y lo viene tratando, con lo cual no solo le discrimina por mi color de piel, sino que también lo hace por dicha dolencia, con todo lo que ello implica.
En la causa “E. F. E. c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y otros - Ordinario”, el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 2° Nominación de la ciudad de Marcos Juárez hizo lugar a la demanda y condenó al sargento ayudante retirado de la Policía de la Provincia, al Gobierno de Córdoba, al Club Matienzo Mutual, Social y Deportivo a pagar $ 791.782, en concepto de daño moral, pérdida de chance y tratamiento psicológico.
El juez Edgar Amigó Aliaga puntualizó que el fenómeno de la discriminación en el fútbol está “tristemente arraigado en nuestra sociedad” y que se refleja una serie de comportamientos discriminatorios, xenófobos y racistas “que tienen que ser cortado en seco desde los distintos poderes del estado”.
La conducta del agente policial “se condice más con la actitud de un ‘barrabrava’ que con la de un funcionario público
El magistrado agregó que “a lo largo de los años, amparados en el denominado ‘folklore del fútbol’, se han legitimado acciones pasmosas que difícilmente se darían en otros ámbitos y/o disciplinas”. Sin embargo, dijo que “lentamente se va tomando conciencia de este flagelo” y se evita la naturalización de dichas prácticas discriminatorias en las canchas. “Ese facilismo justificativo, mal denominado “folklore”, no puede ser la excusa banal para avalar la violencia y la discriminación en el deporte”, enfatizó.
Asimismo, el magistrado señaló que el obrar de un funcionario público “debe ejercerse con prudencia” y consideró que, en este caso, la conducta del agente policial “se condice más con la actitud de un ‘barrabrava’ que con la de un funcionario público tendiente a velar por el cuidado de la ciudadanía”.
“Ningún deber es más primario y sustancial para el Estado que el de cuidar de la vida y de la seguridad de los gobernados; y si para llenar esas funciones se ha valido de agentes o elementos que resultan de una peligrosidad o ineptitud manifiesta, las consecuencias de la mala elección, sea o no excusable, deben recaer sobre la entidad pública que la ha realizado”, esgrimió el magistrado.