Tras corroborarse un caso de violencia de género por parte de superiores de un hospital de Córdoba hacia una empleada, una magistrada ordenó a la institución demandada a que arbitre los medios conducentes a la realización de talleres y/o capacitaciones de visibilización y abordaje referidos a la violencia de género para todo el personal.
En la causa “L., A. T. – Denuncia por violencia de género”, el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 5° Nominación, de la ciudad de Córdoba resolvió hacer lugar al planteo incoado por M. E. D y en consecuencia declarar que en los presentes se ha configurado una situación de violencia por cuestiones de género en el ámbito laboral.
Por consecuencia, el Juzgado ordenó al hospital demandado a que arbitre los medios conducentes a la realización de talleres y/o capacitaciones de visibilización y abordaje referidos a la violencia de género; conforme la normativa vigente.
Los autos iniciaron por una denuncia formulada por la trabajadora contra el coordinador del servicio donde cumplía funciones por hechos de violencia de género en el ámbito de su trabajo.
Tanto la prueba informativa técnica, elaborada por el cuerpo técnico especializado, como algunos de los testimonios brindados ratificaron los extremos oportunamente denunciados y revelaron una relación asimétrica de poder y de discriminación de la cual era víctima.
En tal sentido, la magistrada Carla Olocco citó la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que referencia “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas políticas, económica social, cultural y civil o en cualquier otra esfera…”( Art. 1).
Analizando la nula capacitación recibida por quienes desempeñan sus funciones en ese nosocomio, la magistrada impuso a las autoridades del Hospital Príncipe de Asturias la realización de talleres de visibilización y abordaje referidos a la violencia de género para todos sus dependientes.
“A los fines de iluminar esta cuestión, es dable señalar que la discriminación contra la mujer, incluye según el Comité “…..la violencia basada en el sexo, es decir, la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o que la afecta de manera desproporcionada” indica la normativa.
Por ello la camarista indicó que “el análisis del contexto que rodea a la víctima es de fundamental importancia, en razón que la violencia de género no se presenta solo a través de daños explícitos, sino que requiere indagar profundamente para conocer si (…) el varón aprovecha su situación de poder, restringiendo total o parcialmente el despliegue de los derechos de los cuales la mujer es titular”.
Capacitaciones y reinserción
Analizando la nula capacitación recibida por quienes desempeñan sus funciones en ese nosocomio, la magistrada impuso a las autoridades del Hospital Príncipe de Asturias la realización de talleres de visibilización y abordaje referidos a la violencia de género para todos sus dependientes.
Asimismo, la jueza ordenó que la damnificada permanezca en el mismo espacio laboral, con idéntico cargo jerárquico y remuneración; mientras que dispuso que el agresor siga prestando servicios en otro nosocomio donde había sido trasladado luego de la denuncia.