20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El niño vuelve a su país

Un Juzgado de Córdoba ordenó la restitución de un menor a Venezuela (su país de origen), donde reside su padre. El niño había viajado junto a su madre el año pasado, y la sentencia tuvo por probado que la progenitora trajo al menor "en forma intempestiva e ilícita".

En autos  “M.  C., R.  J.  c/ Y.  C., M.  E.  – Restitución Internacional de NNA”, el Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba dispuso hacer lugar a la restitución internacional del niño R. A. M. Y a Venezuela, donde residía junto a su padre. La sentencia fue dictada en 2020, pero el menor pudo regresar ahora a su país de origen debido a la pandemia.
 
El Juzgado, con el voto del camarista Gabriel Tavid, consideró que la madre lo había traído a la ciudad de Córdoba en forma “intempestiva e ilícita”.  
 
La madre del menor relató que se retiró junto a su hijo “por la mala vida que llevábamos a su lado” y que el mismo “es una persona violenta y que se la pasa consumiendo drogas y alcohol, sumado a que siempre tiene varias mujeres”.

 

El juez  consideró que la progenitora no aportó ninguna prueba de que el niño estuviera “profundamente arraigado e integrado al nuevo ambiente


Por otro lado alegó que la situación en Venezuela es “alarmante”, que “es imposible la vida ahí”, que “no tienen provisiones, alimentos, medicina, la educación es inexistente y la posibilidad de trabajo es casi nula”.
 
Afirmó que ante esa situación junto con el progenitor acordaron que ella y su hijo se fueran del país en búsqueda de un futuro mejor; que M. C. firmó una autorización para salir del país ante el escribano A. M. en Caracas y que incluso colaboró con dinero a estos fines.


Sin embargo, todos estos argumentos fueron desestimados por el juez Tavid, quien consideró que la progenitora no aportó ninguna prueba de que el niño estuviera “profundamente arraigado e integrado al nuevo ambiente”. También subrayó que durante la entrevista que mantuvo con el niño no surgió “un repudio irreductible y férreo a regresar a su país de origen”.

El magistrado les explicó que, en esta instancia, “no se evalúa quién es el progenitor más apto para el cuidado del niño”. “Simplemente se trata de retrotraer una situación considerada ilícita a su estado anterior. Será en más el Estado Venezolano, a través de los mecanismos oficiales dispuestos, quien establezca y proteja los derechos de R. A. en cuanto a su cuidado y parentalidad”, agregó el camarista.


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