A partir de la acordada 24/2021 de la Corte Suprema, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió que se mantienen las disposiciones adoptadas en el acuerdo general del 27 de agosto pasado. Se dispuso, asimismo, continuar incrementándose de manera paulatina y sin desatender la situación epistemológica, el número de antes para realizar tareas de manera presencial, conforme a las necesidades de servicio y de horario de atención al público. También se mantiene de manera exclusiva el soporte digital como instrumento documental de las actuaciones judiciales también para los envíos o elevaciones de expedientes y las presentaciones de letrados.