La Cámara de Diputados aprobó el marco regulatorio para la industria del cannabis medicinal y cáñamo, propuesto por el Gobierno. La norma aprobada amplía lo dispuesto en la Ley 27.350, que autoriza el uso terapéutico y paliativo del producto, y avanza en el sector industrial.
La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el nuevo marco regulatorio de la Ley 27.350, para promover la industria del cannabis y el cáñamo industrial y le abre paso a la industria con autorizaciones autorizaciones para los productores y comercializadores, y genera estrategias de seguridad, fiscalización y trazabilidad en la cadena.
Con 155 votos a favor, 56 negativos y 19 abstenciones, la Cámara Baja dio luz verde al proyecto enviado por el Poder Ejecutivo , que tiene como principal objetivo crear un marco regulatorio de la "cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal", incluyendo la investigación científica, y al uso industrial.
La ARICCAME deberá acuñar normativa conjunta y/o generar convenios de cooperación con el Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la AFIP, la Superintendencia de Seguros de la Nación, la IGJ y la UIF.
Para ello, contempla la creación de una Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), como organismo descentralizado que funcionará en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Productivo, con autarquía administrativa, funcional, técnica, y financiera, con jurisdicción en todo el territorio nacional.
Será el organismo competente para reglar, controlar y emitir las autorizaciones administrativas con respecto al uso de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados. Entre sus múltiples funciones, podrá instalar delegaciones regionales o provinciales para agilizar el efectivo cumplimiento de la ley en todo el país.
Al momento de analizar las solicitudes de licencias para producir cannabis medicinal o industrial, la ARICCAME establecerá los requisitos y antecedentes que se solicitarán al peticionante, con el fin de maximizar los controles destinados a prevenir actividades ilegales, incluyendo el lavado de activos.
En el otorgamiento de las licencias/autorizaciones, la ARICCAME contemplará "muy especialmente el propósito de contribuir al desarrollo de las economías regionales y de promover la actividad de cooperativas y de pequeños y pequeñas y de medianos y medianas productoras y productoras agrícolas y se atenderán asimismo las perspectivas de género y diversidad".
La ARICCAME deberá acuñar normativa conjunta y/o generar convenios de cooperación con el Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la AFIP, la Superintendencia de Seguros de la Nación, la IGJ y la UIF.
También se contempla un régimen sancionatorio por incumplimientos a las disposiciones y/o a las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, con sanciones que van desde el apercibimiento, la multa, la suspensión de la autorización para desarrollar la actividad, la caducidad de la autorización, y la inhabilitación para operar en los plazos previstos en la reglamentación.
Entre los cambios que incorporaron cuando se dio media sanción en el Senado, se agregó la creación de un Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal, que estará constituido por un representante de la Nación y uno por cada provincia y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes cumplirán funciones de manera honoraria.