Una mujer fue víctima de una estafa por Instagram y consiguieron mover $400.000 de su cuenta bancaria. A través de una cautelar, se ordenó a Tarjeta Naranja abstenerse de realizar reclamos judiciales o extrajudiciales tendientes al cobro del préstamo y le prohibió incluirla como morosa en las bases de datos.
En la causa "COGGIOLA, NYDIA ADRIANA S/ MEDIDA CAUTELAR (AUTÓNOMA)", el Juzgado Civil, Comercial, Minería y Suceciones de Cipolletti, Río Negro, falló a favor de una mujer que víctima de una estafa a través de Instagram y lograron mover $400.000 de su cuenta, además de la acreditación de un crédito.
Según detalló en la denuncia, la damnificada, a fines de mayo comenzó a recibir llamadas de Tarjeta Naranja ofreciendo diferentes servicios: seguros, arreglos de electrodomésticos por roturas, entre otros. Cansada de las promociones, envió por Instagram un mensaje al perfil “naranjax” explicando la situación.
En la plataforma, el asistente virtual de “NX” le pidió un número de contacto. Luego se comunicó vía telefónica una persona masculina que se presentó como personal de Tarjeta Naranja y le solicitó una nueva clave para la tarjeta, la cual validó desde el correo electrónico. También le pidió el número de CBU para acreditarle un beneficio de 29.000 pesos.
"A esta altura del desarrollo de las contrataciones, no cabe duda de que nos encontramos frente a un contrato de consumo, de modo que los principios de protección del consumidor guiarán la apreciación del caso", sostuvo el juez y remarcó que "la parte más débil de la relación es la aquí actora en tanto destinataria de la utilización de un sistema diseñado por la entidad bancaria, sobre quien pesa el despliegue de todas las salvaguardas que doten de confiabilidad al mismo para su operación electrónica o digital (cajeros automáticos o homebanking)".
Tras la maniobra, la mujer advirtió que le habían acreditado 429.000 pesos. Entonces la volvieron a llamar e invocaron una supuesta falla en el sistema. Enseguida le pidieron la devolución de los 400.000 mil pesos, vía transferencia. Con todo ese despliegue, consiguieron obtener un préstamo por parte de Tarjeta Naranja y derivar el dinero a otras cuentas.
Tras la denuncia, el juzgado hizo lugar a la pretensión de la clienta y dictó medidas para que la financiera evite todo tipo de reclamos contra su clienta, hasta que se resuelva la cuestión principal.
"A esta altura del desarrollo de las contrataciones, no cabe duda de que nos encontramos frente a un contrato de consumo, de modo que los principios de protección del consumidor guiarán la apreciación del caso", sostuvo el juez y remarcó que "la parte más débil de la relación es la aquí actora en tanto destinataria de la utilización de un sistema diseñado por la entidad bancaria, sobre quien pesa el despliegue de todas las salvaguardas que doten de confiabilidad al mismo para su operación electrónica o digital (cajeros automáticos o homebanking)".
El magistrado citó a la CSJN en cuanto sostuvo que "las medidas cautelares no exigen de los magistrados el examen de certeza sobre la existencia del derecho protegido, sino solo su verosimilitud. Es más, el juicio de verdad en esta materia se encuentra en oposición a la finalidad del instituto cautelar, que no es otra que atender a aquello que excede del marco de lo hipotético, dentro del cual, asimismo agota su virtualidad".
En ese sentido, "considerando las circunstancias apuntadas y el manifiesto peligro en la demora, se optará por una solución precautoria que impida la consumación del perjuicio a la accionante (mediante la ejecución del préstamo denunciado como irregular) hasta tanto se resuelva la pretensión de fondo", finalizó el fallo.