04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Audiencias virtuales para siempre

El STJ de Río Negro incorporó definitivamente las audiencias virtuales, que habían comenzado con la pandemia, a los procesos judiciales. La herramienta rige para todos los fueros y en cualquier status sanitario. 

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, a través de la Acordada 47/21, incorporó definitivamente las audiencias virtuales a los procesos judiciales de Río Negro. La herramienta rige para todos los fueros y en cualquier status sanitario.

Entre los fundamentos del texto se consignó que las audiencias remotas "han demostrado que facilitan el acceso a justicia a quienes se encuentran alejados de las sedes de tribunales o impedidos por cuestiones de salud, dando mayor agilidad y eficiencia al proceso".

"Y que la modalidad colabora con la economía de los y las justiciables, y optimiza los recursos y herramientas ya desarrollados e implementados con éxito por el Poder Judicial, toda vez que evita traslados, insumo de tiempo, etc", agregaron los jueces.

 

En plena cuarentena estricta, a fines de abril de 2020, el STJ aprobó por resolución la realización de audiencias remotas. En aquel momento se adquirieron licencias Zoom que se ensamblaron al sistema totalmente audiovisual y digital, ya existente a partir de la Reforma Procesal Penal.

 

 

Con la habilitación que le otorga al STJ la Ley 5327, la Acordada 47/21 complementa los códigos procesales con la incorporación de las audiencias remotas al menú de opciones disponibles en los procesos judiciales. Es decir que con esta misma herramienta, los jueces y las juezas podrían determinar, por ejemplo, que todas las audiencias sean virtuales, en el caso de una nueva pandemia.

Por ello la Acordada y sus protocolos regulan todos los fueros y rigen tanto en época de pandemia, como en la pos pandemia o en la normalidad.

En plena cuarentena estricta, a fines de abril de 2020, el STJ aprobó por resolución la realización de audiencias remotas. En aquel momento se adquirieron licencias Zoom que se ensamblaron al sistema totalmente audiovisual y digital, ya existente a partir de la Reforma Procesal Penal.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486