26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Denuncias bajo protocolo y con perspectiva

El MPF presentó un nuevo protocolo para la investigación y tratamiento judicial de casos de violencia sexual con perspectiva de género, con eje en las primeras medidas de prueba, en función del tiempo transcurrido desde el hecho y el tipo de abuso. 

El Ministerio Público Fiscal (MPF) presentó hoy un nuevo protocolo para la investigación y tratamiento judicial de casos de violencia sexual con perspectiva de género, elaborado por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), a cargo de Mariela Labozzetta.

El protocolo, cuyo uso se recomendó a los y las representantes del MPF, supone "una novedosa herramienta a nivel nacional" alineada con los estándares internacionales "de debida diligencia reforzada exigibles al Estado argentino", indicó el MPF mediante un comunicado.

Se trata de una herramienta para que las y los fiscales orienten su actuación en el proceso "de manera eficaz e incorporando la debida perspectiva de género" en la investigación, así como en las etapas de debate y ejecución de la pena.

 

 

El Protocolo presta especial relevancia al apartado de medidas probatorias periciales, en particular la psicológica o psiquiátrica sobre la víctima; la prueba documental y digital; las medidas a realizar en la escena del hecho, y su debida preservación y cadena de custodia.

 

El protocolo presta especial atención a la declaración de la persona que atravesó una situación de violencia sexual dado que su testimonio es considerado "generalmente la principal prueba directa de la comisión del hecho".

En ese sentido, la guía brinda pautas para la obtención, conservación y valoración de la prueba testimonial de la persona agredida con perspectiva de género, con especial consideración al relato que presenta imprecisiones, que no es reciente, y a la retractación, conforme a las leyes 26.485 y 27.372.

"La declaración de la persona que atravesó una situación de violencia sexual configura un eje central de este Protocolo, teniendo presente que su testimonio es, generalmente, la principal prueba directa de la comisión del hecho. Por ello, se brindan pautas especiales para la obtención, conservación y valoración de la prueba testimonial de la persona agredida con perspectiva de género, con especial consideración al relato que presenta imprecisiones, que no es reciente, y a la retractación, de acuerdo a los derechos que le asisten conforme lo establecido en las leyes 26.485 y 27.372", especificaron desde el MPF.

El Protocolo presta especial relevancia al apartado de medidas probatorias periciales, en particular la psicológica o psiquiátrica sobre la víctima; la prueba documental y digital; las medidas a realizar en la escena del hecho, y su debida preservación y cadena de custodia.

También se destacan las medidas de prueba sobre el agresor, con especiales previsiones sobre el imputado prófugo y el agresor desconocido, para luego desarrollar las medidas probatorias por contexto.

Para facilitar la consulta de las medidas de prueba, la UFEM incorporó un capítulo que las organiza de acuerdo con las especificidades de cada contexto de violencia sexual de acuerdo a la descripción que el propio Protocolo realiza en sus primeros capítulos y en atención a que la prueba contextual es un elemento central de la comprobación de estos delitos.

El Protocolo profundiza también los derechos de las personas agredidas sexualmente y de testigos, en orden a las leyes 26.485 y 27.372, así como las reglas específicas establecidas para los Ministerios Públicos Fiscales a través de las “Guías de Santiago para la protección de víctimas y testigos”; las pautas para el debate de este tipo de casos y las principales previsiones de la ejecución de la sentencia.

Para la elaboración de este documento, la UFEM llevó adelante un proceso durante 2020 y 2022 que incluyó mesas de trabajo con fiscales, expertas en la temática, integrantes del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) y profesionales del ámbito de la salud y pericial.

 

 

 


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