20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La voz de los bajitos

En una causa por abuso, el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó la sentencia teniendo en cuenta el relato de la testigo-víctima menor de edad.

En la causa “E., N. y G., T. S/ Recurso de Impugnación”, el Tribunal de Impugnación Penal de Santa Rosa confirmó la sentencia teniendo en cuenta el relato de la testigo-víctima menor de edad.

Para sustentar esa decisión, el Tribunal destacó persistencia en el relato de los hechos por la menor ante distintos actores, sino también la coherencia que exhibe su relato al cotejarlo con el resto del material probatorio, particularmente de la intervención de la Unidad Funcional de Genero y las psicólogas que la han entrevistado y el trastorno psicológico que a posteriori se identificó con persistencia en el tiempo como consecuencia de la agresión sexual.

En el caso se condenó a un hombre por ser coautor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas (arts. 119 cuarto párrafo inc. d) primera parte en relación con el tercer párrafo y 45 del C.P.), a la pena de nueve años de prisión, con accesorias legales y costas (arts. 40 y 41 del C.P. y arts. 346, 444 y 445 del C.P.P.). 

También declaró la responsabilidad de otro hombre por considerarlo coautor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas (arts. 119 cuarto párrafo inc. d) primera parte en relación con el tercer párrafo y 45 del C.P.), habida cuenta que al momento del hecho contaba con 17 años de edad (art. 2 de la Ley 22278).

 

De este modo, los jueces destacaron la importancia del relato de la víctima cobra relevancia y preeminencia, porque guarda coherencia, no solo desde un punto de vista  lógico, sino también a la luz de los informes periciales, que plasman como su vida se vio afectada por la agresión sexual y como su relato se sostiene en otros testimonios. 

 

La defensa cuestionó la sentencia condenatoria sobre el el único testimonio de la víctima. Según se desprende de la causa, el relato del menor era coherente “manifiesta sentimientos de malestar, de vergüenza, de miedo, de indefensión, de impotencia, de inseguridad, vinculando los mismos con las situaciones relatadas respecto de la presente denuncia”.

De este modo, los jueces destacaron la importancia del relato de la víctima cobra relevancia y preeminencia, porque guarda coherencia, no solo desde un punto de vista  lógico, sino también a la luz de los informes periciales, que plasman como su vida se vio afectada por la agresión sexual y como su relato se sostiene en otros testimonios. 



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