01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

El patio de atrás

Fiscales federales piden que se investiguen las responsabilidades en torno a la importación de un medicamento para pacientes hemofílicos que había sido prohibido en Estados Unidos por ser transmisor del SIDA.

 
Los fiscales federales Eduardo Freiler y Federico Delgado pidieron que se investiguen las responsabilidades penales de las autoridades sanitarias y de quienes importaron y distribuyeron en la Argentina un medicamento denominado “Koate”, para la coagulación sanguínea de pacientes hemofílicos, que había sido prohibido en los Estados Unidos tras haberse comprobado que era transmisor del SIDA.

Según los datos contenidos en la denuncia de los 1500 pacientes hemofílicos que se registraban en el país en 1985, 211 –el 17 %- habría contraído el SIDA y de ellos, 120 murieron a causa de la enfermedad.

La denuncia, que recayó en el juzgado federal de Rodolfo Canicoba Corral requiere se investiguen “las responsabilidades” de las autoridades sanitarias y el conocimiento que estas “tuvieron o debieron haber tenido acerca de los nuevos medicamentos disponibles”, por los cuales la empresa Cutter Biological (una subsidiaria de la multinacional de origen alemán Bayer) había reemplazado la versión original del “Koate”.

El producto medicinal en cuestión estaba destinado a proporcionar el elemento faltante en la sangre de los hemofílicos para su coagulación, y fue lanzado en el mercado farmacéutico “con el propósito de prevenir las hemorragias a las que son propensos” estos pacientes.

La acción terapéutica del producto apunta a una concentración de plasma humano obtenido a partir de donantes, lo que en los hechos, y a través del suministro por inyección del mismo “les permitía restablecer cuanto menos transitoriamente el sistema de coagulación sanguínea”.

En la presentación se describe que el lanzamiento del producto se produjo a comienzos de la década del 80 “cuando recién comenzaba a vislumbrarse el SIDA como una potencial epidemia mundial” y aún “no existían métodos aprobados por la comunidad científica que permitiesen detectar la presencia del virus, y en consecuencia efectuar un control sobre el plasma donado”.

“Quienes eran tratados por hemofilia, con la inyección de estos concentrados plasmáticos, en la creencia de estar incorporando a su organismo una sustancia que les permitiría mejorar su salud, en rigor, "tácitamente importaban" la posibilidad de adquirir SIDA por transmisión sanguínea”.

Tras una sugerencia efectuada en 1982 por el Centro de Control de Enfermedades de los Estados Unidos, las mismas cobraron visos de afirmación cuando en 1983 la misma entidad sostuvo que “los productos derivados de la sangre parecen responsables de SIDA en pacientes con hemofilia”, circunstancia que también fue advertida en Francia, por lo que se prohibió la importación de esos concentrados.

En 1984 y de acuerdo con versiones periodísticas, Cutter Biological ya habría patentado una versión mejorada del “Koate”, el “Koate HT”, “que consistía en aplicarle al plasma donado, un proceso de termoinactivación, con que se esterilizaba el producto con calor para evitar la transmisión de enfermedades, entre ellas el SIDA.

No obstante ese “adelanto medicinal”, de inicio, solo fue comercializado por el laboratorio en los Estados Unidos y en Europa, donde ya se habían iniciado demandas judiciales por las consecuencias del anterior producto.

“Pese a las evidencias reflejadas –señala la denuncia de los fiscales-- nuestro país continuó siendo un pasivo consumidor de la versión original del “Koate”, hasta casi el mes de septiembre de 1985, habiendo comprado, 300.000 unidades del medicamento en cuestión”.

En ese sentido, advirtieron que “sabedor de las consecuencias empíricamente demostradas, Cutter Biological, perpetuó el abastecimiento en la Argentina” y el New York Times reveló el pasado 22 de mayo, a través de una investigación que “al continuar vendiendo la vieja versión de esta medicina, los ejecutivos de Cutter estaban tratando de evitar quedarse con grandes cantidades de este producto en sus depósitos que estaba volviéndose invendible en los Estados Unidos y en Europa”.

Concluyen también que “en nuestro país, el certificado de aprobación de la nueva versión, y el cese de la versión original, se habría producido en el año 1990, casi seis años después del descubrimiento del proceso de termoinactivación como medio de aislar los virus transmitibles por vía sanguínea”.

Por esa razón y con el propósito de establecer responsabilidades propusieron que se requiera a la Administración nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología la remisión de los expedientes que dieran origen a la aprobación del citado medicamento en sus dos versiones, así como también de productos similares de las empresas Armor Pharmaceutical, Baxter International y Alpha Therapeutic.

Asimismo, requirieron, entre otras medidas, se cite a prestar declaración testimonial al presidente del Instituto de Investigaciones Hematológicas de la Academia Nacional de Medicina”.



dju / dju
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