17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Padres contra los aumentos

La Justicia de Córdoba admitió la tramitación de un amparo colectivo impulsado por un grupo de padres para que se mantenga el precio de las cuotas mensuales de un colegio. La institución había dispuesto un incremento del 100%.

Un grupo de padres se presentó en la Justicia de Córdoba para que mantenga el precio de la cuota mensual de un colegio en el monto autorizado en junio de 2022 y, en consecuencia, se disminuya el monto de la matrícula correspondiente al período de 2023.

En la causa “Farias, Gladys Beatriz y otros c/Instituto Técnico Renault - Acción de amparo colectivo”, el Juzgado en lo Civil y Comercial de 45° Nominación de la ciudad de Córdoba admitió formalmente el amparo colectivo.

Los amparistas también reclaman que se deje sin efecto una solicitud efectuada por la entidad educativa al Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba para que reduzca el 20% del subsidio o aporte estatal, mediante el pago de salarios docentes, argumentando el atento al grave detrimento que dicha reducción provocará en las finanzas de la institución, que será trasladado a las familias que lo integran.

“Al momento en que cada uno de nuestros hijos ingresó como alumno del colegio el precio de las cuotas era accesible; no obstante, en el último año lectivo la cuota mensual a sufrido un incremento de más del 100%”, dijeron los progenitores.

Las partes deberá difundir por un medio fehaciente de la pretensión colectiva a todos los alumnos –los responsables a cargo- afectados por el aumento de las cuotas mensuales a abonar, como también que informen a los consumidores los efectos y alcances de la resolución a dictarse. 

Para el juez Héctor Daniel Suárez, “se verifica una causa fáctica homogénea o común de afectación y una petición concentrada en los efectos comunes: el eventual derecho al libre acceso a la educación, afectado por el aumento de la cuota mensual a abonar” en la Institución educativa Instituto Técnico Renault.

Las partes deberá difundir por un medio fehaciente de la pretensión colectiva a todos los alumnos –los responsables a cargo- afectados por el aumento de las cuotas mensuales a abonar, como también que informen a los consumidores los efectos y alcances de la resolución a dictarse. 

 


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educación amparo colectivo Córdoba

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