22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Más tobilleras para evitar la sobrepoblación

En el marco del cumplimiento de la “Causa Verbitsky”, la SCBA fijó pautas de actuación para evitar la sobrepoblación carcelaria. Entre otras, los jueces pidieron utilizar más monitoreo electrónico y revisar denegatorias de libertades anticipadas.

En el marco del cumplimiento de la “causa Verbitsky”, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires fijó pautas de actuación sobre los alcances de las leyes de ejecución penal de posible aplicación al caso para evitar la sobrepoblación carcelaria.

Los miembros de la SCBA, concretamente, solicitaron a los jueces competentes al momento de resolver medidas de ejecución menos lesivas en los casos concretos, “evalúen la aplicación de posibles remedios que de manera razonada pudieran tener lugar como consecuencia de las condiciones de detención, cuando las mismas importen un trato cruel e inhumano o degradante para la persona".

 

Los jueces hicieron hincapié en prestarle “especial enfoque respecto de aquellos colectivos más vulnerables; estableciendo, cuando fuere posible y pertinente a la luz de las particularidades debidamente ponderadas, la utilización de dispositivos de monitoreo electrónico”.

 

Asimismo, encomendaron la “revisión de las denegatorias de libertades anticipadas o, alternativamente, evaluar la aplicación de una medida de ejecución menos lesiva, cuando se produzca la actualización de los informes en el legajo técnico de la persona privada de la libertad -ya sea por el mero transcurso de tiempo o a requerimiento del órgano jurisdiccional- previa designación de audiencia o vista a las partes, para que ejerzan la facultad de alegar cuanto fuera de su interés”.

Por otro lado, los supremos bonaerenses solicitaron al Servicio Penitenciario Bonaerense o autoridad correspondiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que “garantice la carga y actualización por parte de los Grupos de Admisión y Seguimiento y de la Junta de Selección de los informes y evaluaciones periódicas como de los dictámenes en el Legajo Virtual de Internos (LVI) -o plataforma informática que se determine al efecto- y comunicación respectiva, para su oportuna valoración por los órganos competentes".

Los jueces hicieron hincapié en prestarle “especial enfoque respecto de aquellos colectivos más vulnerables; estableciendo, cuando fuere posible y pertinente a la luz de las particularidades debidamente ponderadas, la utilización de dispositivos de monitoreo electrónico”.

Finalmente, el texto pide “solicitar a la Procuración General, evalúe la adopción de medidas tendientes a que los miembros del Ministerio Público Fiscal, al momento de expedirse sobre la procedencia de algún instituto de la ley de ejecución penal tengan que ponderar, particularmente, las condiciones de alojamiento, cuando estas pudieren importar un trato cruel, inhumano o degradante y, en consecuencia, la posible procedencia de medidas de ejecución de la pena menos lesivas, acorde al mérito de cada situación particular”.

 

 

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