04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Hiper sanciones

Durante el bimestre marzo-abril la Secretaría de la Competencia impuso multas por un total de $ 156.300 pesos. La empresa Cencosud con $ 50.000 pesos fue la que recibió la mayor multa.

 
La cadena de supermercados Cencosud S.A con una multa de $ 50.000 pesos figura en el primer puesto de las empresas que fueron sancionadas durante el bimestre marzo-abril 2003 por la Secretaria de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor por las infracciones a la ley 22.802.

Los datos se desprenden del organismo, que a partir de la asunción de Néstor Kirchner y la modificación de la ley de ministerios, paso a depender del Ministerio de Economía y cambió su rango al de subsectaria.

Según se desprende del informe, la firma fue sancionada dado que se detectó que algunos de los productos que comercializa carecen de la información necesaria para los potenciales consumidores de los mismos.

En ese sentido, se reveló que Cencosud fue sancionada en abril de 2003 a raíz de no indicar “en los envoltorios, el contenido neto de los productos puestos a la venta” hecho que, según explicaron colisiona con lo dispuesto en el artículo 1 de la ley dado que en su inciso “D”, destaca que los frutos y los productos que se comercialicen en el país envasados llevarán impresas en forma clara y lugar visible sobre sus envases, etiquetas o envoltorios, “las medidas netas de su contenido”.

Además, recordaron que esta prohibido, según el articulo 5 del mismo cuadro normativo, “consignar en la presentación, folletos, envases, etiquetas y envoltorios, palabras, frases, descripciones, marcas o cualquier otro signo que pueda inducir a error, engaño o confusión, respecto de la naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla o cantidad de los frutos o productos, de sus propiedades, características, usos, condiciones de comercialización o técnicas de producción”.

La sanción en contra de la empresa se dio en el marco de las 398 inspecciones que realizó el organismo en su rango de autoridad de aplicación de la ley 22.802 con el fin de prevenir prácticas que afecten negativamente la lealtad en las relaciones comerciales.

Como resultado de esas tareas se impusieron sanciones por un total de 156.300 pesos, las que en promedio rondaron individualmente entre los $ 300 y los $ 50.000 pesos por las distintas infracciones cometidas.

Los principales rubros que fueron motivo de sanción fueron la incorrecta identificación de origen, incumplimiento de requisitos de seguridad eléctrica, especificación incorrecta de calidad, publicidad engañosa, manuales de uso sin traducción y falta y/o incorrecta exhibición de precios.

Además de Cencosud, fueron sancionadas, entre otras, las firmas, Beiersdorf SA con $ 40.000 pesos , Cargill con $ 15.000, Fiat Auto SA $ 8.000, y los planes Rombo $ 6.000 y Ovalo $ 5.000 por contravenir las normas de la ley.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486