20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los plazos son fatales

Por no haber cumplido con el pago de una indemnización laboral por despido improcedente a favor de un ex empleado una jueza española ordenó trabar embargo sobre las cuentas de un organismo estatal.

 
La justicia española resolvió embargar las cuentas de la Federación Estatal de Comercio, Hotelería, Turismo y Juegos por no haber cumplido los plazos legales en los cuales tuvo que haber hecho efectivo el pago de una indemnización por despido improcedente a un ex empleado.

La medida la dispuso la titular del Juzgado de lo Social Nº 1 de Jerez de la Frontera, María Elena Ortega, quien dispuso trabar la disponibilidad del las cuentas del organismo estatal en tres bancos.

El pronunciamiento se debió a que según la magistrada transcurrieran los plazos para que la federación estatal abonara a Fernando Ardila la indemnización por despido improcedente conforme lo indica la sentencia dictada el último 6 de mayo.

En ese fallo que declaró improcedente el despido efectuado por la federación estatal en enero pasado, se instó a la readmisión o bien al abono de una indemnización que rondaba los 15 mil euros.

Ese pronunciamiento, otorgó un plazo de cinco días para recurrir, el cual no fue utilizado por la parte demandada, y a continuación se abrió un plazo de 20 días para hacer efectiva la indemnización.



dju / dju
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