20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Santa Fe

El Poder Judicial despide al registro de comercio

La Legislatura de Santa Fe aprobó el proyecto del Ejecutivo que crea un organismo que unifica la fiscalización y registro de las personas jurídica que se conformen en la provincia. Los detalles de la norma que comenzará a regir en los próximos seis meses desde su publicación en el Boletín Oficial.

La Cámara de Diputadas de Santa Fe aprobó el proyecto de ley por el cual se crea un organismo en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial que unifica la fiscalización y registro de las personas jurídica que se conformen en la provincia.

Según el texto, la iniciativa “elimina barreras para la creación y radicación de empresas, ya que en la actualidad para la creación de una sociedad se atraviesan dos instancias de revisión, una en la Inspección General de Persona Jurídica dentro del Poder Ejecutivo y otra en el Registro Público de Comercio en el Poder Judicial”.

 

La medida ya había sido votado por el Senado antes del receso invernal y Diputados lo aprobó con algunas modificaciones. De forma inmediata, la Cámara Alta aceptó esos cambios y dejó sancionado el cambio que comenzará a regir en los próximos seis meses.

 

Entre los fundamentos, se plantea modernizar el Estado, a través de la digitalización de los procedimientos internos, la simplificación y la despapelización de los trámites, y combatir la criminalidad organizada.

“Esta unificación es importante porque el Ejecutivo podrá ejercer un control más exhaustivo de las asociaciones y personas jurídicas, y refuerza lo que venimos afirmando desde diciembre: el gobierno del gobernador Maximiliano Pullaro llegó para reformar y mejorar el Estado, y para acompañar a quienes invierten en nuestra provincia", señalaron los diputados que argumentaron la iniciativa del Poder Ejecutivo.

La medida ya había sido votado por el Senado antes del receso invernal y Diputados lo aprobó con algunas modificaciones. De forma inmediata, la Cámara Alta aceptó esos cambios y dejó sancionado el cambio que comenzará a regir en los próximos seis meses.

En la IGPJ se deberán inscribir las sociedades constituidas bajo alguno de los tipos sociales previstos en el Capítulo II de la Ley N° 19.550; Sociedades por Acciones Simplificadas; los contratos asociativos; transferencias de fondos de comercio; contratos de fideicomiso, y de cualquier otro contrato cuya inscripción registral corresponda por la normativa vigente; sociedades constituidas en el extranjero que hagan ejercicio habitual de los actos comprendidos en su objeto social, establezcan sucursal o cualquier otro tipo de representación permanente en la provincia de Santa Fe.

También las que “constituyan sociedad en la República o adquieran participaciones societarias de sociedades inscriptas en el país; asociaciones civiles con personería jurídica; fundaciones; y los colegios profesionales y otras personas jurídicas no estatales, en los casos y con el alcance que determine el Poder Ejecutivo en la reglamentación”.

La Inspección tendrá toda la competencia en materia de fiscalización y de registro de esas sociedades. "La IGPJ debe actuar dando especial prevalencia al principio de celeridad y facilitación de trámites y con la premisa de no entorpecer la gestión, el gobierno y la sustentabilidad del correcto funcionamiento de las personas jurídicas; propender a la digitalización de los procedimientos internos, la simplificación de los trámites, la despapelización y los demás principios establecidos en la Ley 14256 de Gobernanza de Datos e Innovación Pública", señala el artículo 5 al respecto. 

 

 


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