Diario Judicial
28 de Marzo de 2025
Edición 7181 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 31/03/2025

Jurisprudencia bonaerense en tiempo real

La Suprema Corte bonaerense dispuso publicar con frecuencia semanal todas las sentencias definitivas, las equiparables a tales y las resoluciones interlocutorias en general dictadas por los distintos tribunales.

Jurisprudencia bonaerense en tiempo real

Con el objetivo de lograr la máxima difusión de las decisiones judiciales, la Suprema Corte de Justicia modificó el acuerdo referido a la instrumentación del servicio de consulta y acceso web de los listados completos de sentencias dictadas por el Tribunal, Cámaras de Apelación y órganos de primera instancia.

Concretamente, los jueces modificaron el artículo 1 del Acuerdo Nº 4011 y dispusieron que, con frecuencia semanal, se publicarán en el sitio web de la Suprema Corte de Justicia todas las sentencias definitivas, las equiparables a tales y las resoluciones interlocutorias en general dictadas por los órganos jurisdiccionales. 

 

En una primera etapa se organizará la publicidad de la totalidad de las sentencias definitivas, las equiparables a tales y las resoluciones interlocutorias en general de la Suprema Corte de Justicia. Su implementación deberá efectuarse dentro de los 60 días corridos del presente acuerdo.

 

Para lograr esa frecuencia, los jueces encomendaron a la Subsecretaría de Tecnología Informática que implemente el acceso público a la consulta del registro electrónico de sentencias y resoluciones de los organismos alcanzados en cada una de las etapas de implementación.

“Incluyendo en el proceso de registro y consulta pública de las piezas registradas herramientas informáticas que permitan a inicialización de datos sensibles de las partes, para su consulta de acceso abierto a través de una búsqueda por organismo y fecha del pronunciamiento”, agregaron al respecto. 

En una primera etapa se organizará la publicidad de la totalidad de las sentencias definitivas, las equiparables a tales y las resoluciones interlocutorias en general de la Suprema Corte de Justicia. Su implementación deberá efectuarse dentro de los 60 días corridos del presente acuerdo.

En un plazo de 120 días corridos, la Subsecretaría de Tecnología Informática elaborará y comunicará el programa de implementación del sistema para los restantes tribunales de alzada y dentro de los 180 días corridos, hará lo propio con los órganos de primera instancia.

“En ambos casos la fecha efectiva de la publicación se instrumentará por resolución del señor presidente de este Tribunal”, aclaró el documento. 

“Las medidas aquí dispuestas buscan garantizar la publicidad, maximizar la transparencia y los restantes derechos ciudadanos y deberes estatales asociados al acceso a la información judicial, impuestos constitucional, convencional y legalmente”, concluyeron los jueces.

 

 

 

 

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