20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Derechos de autor y patentes informáticas

El parlamento de la Unión Europea decidió rechazar una moción que pretendía que los programas informáticos se pudieran patentar y avaló en cambio una normativa que prevé la implantación a nivel comunitario de límites para la concesión de las mismas.

 
De ese modo, los programas no se podrán patentar y sólo estarán protegidos por los derechos de autor, los cuales harán valer la seguridad jurídica tanto de los programas como de sus creadores.

En el texto de la resolución, se destacó que para incluir a los programas en el campo de aplicación de la futura legislación sobre patentes "es necesario que haya una contribución técnica nueva, no evidente y susceptible de una aplicación industrial".

Por otra parte, se aprobó una propuesta de la Comisión Europea para que la base de concesión de patentes de este tipo sea la misma en toda Europa y para que los tribunales nacionales se guíen por los mismos principios.

Desde el parlamento, informaron que se trata de "armonizar y aclarar las cosas", de forma que "nada que no sea ya patentable vaya a serlo en el futuro".



dju / dju
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