Los jueces coincidieron en el fallo, en que no sólo no ha prescripto el delito sino que con base a los tiempos legales, ni siquiera ha comenzado la etapa de prescripción por estar desaparecido el cadáver revirtiendo de esta manera la decisión del juez federal de Monterrey, Nuevo León, quien había denegado la petición de juicio contra los presuntos responsables de la desaparición de Piedra Ibarra, por considerar que este delito perdió vigencia hace seis años.
Así como sucedió en nuestro país, tras la notificación de esa decisión, de inmediato se abrió la probabilidad de que en ese país la Procuraduría General de la República (PGR) gire órdenes de aprehensión contra Luis de la Barreda Moreno, Miguel Nazar Haro y Juventino Romero Cisneros, ex jefes policíacos señalados como aparentes responsables en este proceso judicial sin precedentes para México.
Además, y de manera simultánea, se abrió la posibilidad de que altos mandos militares y policíacos que ejecutaron las campañas represivas de la denominada “guerra sucia” sean arrestados y sometidos a juicio penal, en tanto que una vez emitido el fallo, el mayor tribunal mexicano envió el expediente a la corte unitaria de Monterrey, donde un magistrado inferior deberá estudiar el caso y resolver si hay pruebas suficientes para proceder a la detención de los acusados.
Piedra Ibarra fue detenido en 1975 por agentes de seguridad nacional, en medio de la táctica represiva lanzada por las autoridades gubernamentales en contra de activistas civiles y guerrilleros, y tal como sucedió en Argentina con miles de ciudadanos, nunca se volvió a saber de este joven.