22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Hasta la coronilla

El Tribunal Supremo de España ratificó la condena de tres meses de prisión a un soldado que manifestó estar “hasta la polla del Ejército”. Fue decisivo el testimonio del teniente médico, que explicó que cada vez que el acusado debía enfrentar alguna tarea dura alegaba estar deprimido y ante algún destino cómodo no presentaba objeción alguna.

 
Así lo ratifico el máximo tribunal español, al confirmar la condena de tres meses de prisión impuesta a un soldado profesional destinado en la Legión en Ceuta, por manifestar a un teniente médico que dudaba de que padeciera depresión, y que decidió relevar un informe a sus superiores al decirle su paciente que estaba “hasta la polla del Ejército, la Legión y todos éstos”, y cerrando su queja con la amenaza de que si los hostigaban, terminaría por matarse o por matar a alguien.

El punto de inflexión en las sospechas del perito médico se dio el 25 de abril de 2002, cuando el soldado Mohamed B.M.A., destinado en el Tercio Duque de Alba, Segundo de la Legión, con sede en Ceuta, acudió a los servicios sanitarios de su unidad para pasar un reconocimiento médico obligado en el seguimiento de la baja por enfermedad que tenía prescripta.

En ese momento, el facultativo militar le comentó al soldado que no parecía leal ni sincero al alegar que padecía depresión, ya que sólo le ocurría “cuando se le encomendaba algún destino duro que exigiera más entrega, mientras que en destinos cómodos no presentaba problema psiquiátrico alguno”.

Según el teniente, ante su comentario, el legionario lo encaró “con propósito intimidatorio” y le dijo a los gritos que estaba “hasta la polla del Ejército” y que mataría a alguien o a sí mismo si lo hostigaban, hecho que al ser informado al Tribunal Militar Territorial Segundo, desembocó en la condena al soldado por el delito consumado de insulto a un superior, en su modalidad de amenaza en su presencia.

Al llegar el caso al Tribunal Supremo de España, se desestimó el recurso del soldado, aunque la sentencia contó con el voto particular del magistrado José Luis Calvo, que consideró que debió enviarse de nuevo la causa al Tribunal de instancia para que dictara otra sentencia, porque según este juez, los hechos responden a la modalidad de injurias.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486