04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Ponta-Quatro procesamientos

El juez Rodolfo Canicoba Corral procesó sin prisión preventiva al ex jefe de la SIDE Fernando De Santibañes, al arrepentido Mario Pontaquarto y a los ex senadores José Genoud y Emilio Cantarero por las coimas en el Senado de la Nación para la aprobación de la ley de Reforma Laboral. FALLO COMPLETO

 
La causa por las coimas en el Senado de la Nación ya tiene los primeros procesados. Tal como se esperaba, el juez Rodolfo Canicoba Corral procesó por “cohecho” al ex jefe de la SIDE Fernando De Santibañes, al arrepentido Mario Pontaquarto y a los ex senadores José Genoud y Emilio Cantarero.

Además, el juez ordenó embargos sobre los bienes de los procesados de 10 millones de pesos y les ordenó fijar domicilio en la Capital Federal y avisar al juzgado de cualquier viaje al interior y pedir autorización para viajar al exterior del país.

Mientras a Fernando De Santibañes le imputó el delito de cohecho en calidad de “autor”, a Pontaquarto lo encontró “partícipe necesario” del mismo delito y a Genoud y Cantarero los calificó como “autores” de “cohecho pasivo”.

En una resolución de 101 carillas que Diariojudicial.Com publica íntegra, Canicoba Corral concluyó que hay “elementos de juicio suficientes” en la causa para dar por probado que Pontaquarto “retiró de la Secretaría de Inteligencia de Estado la suma de cinco millones de pesos en efectivo, a los efectos de entregarlos repartidos los días 26 y 27 de abril de 2000 entre dos Senadores Nacionales, a efectos de que éstos juntos a otros, aprobaran una ley, siendo éste un acto relativo a sus funciones”.

Para llegar a esta conclusión, el juez valoró principalmente los dichos del arrepentido Pontaquarto, y entendió que la confesión “permitió darle verosimilitud” a la prueba acumulada en el expediente antes de la irrupción del ex secretario parlamentario del Senado.

Canicoba remarcó la “verosimilitud” de la confesión de Pontaquarto, “corroborado por los elementos de prueba colectados en autos desde antes y a partir de dicha declaración en la que se autoincrimina como coimputado sin exculparse”.

También tuvo en cuenta el registro de llamadas entrantes y salientes al celular de Pontaquarto los días 26 y 27 de abril de 2000 –el momento de la sanción de la ley laboral- y las comunicaciones de el arrepentido con Gladys Mota, la secretaria privada de Fernando de Santibañes, el 18 de abril de 2000, el día que se retiró el dinero de la SIDE.

El juez tuvo en cuenta también el papelito aportado por Pontaquarto como singular “recibo” de la coimas.

“La prueba directa y los indicios mencionado, me llevan al grado de certeza requerido en este estadio procesal y la convicción suficiente, para tener sospecha fundada de que el hecho delictuoso existió, y que cada uno de los nombrados participó en su ejecución”, remarcó el juez en referencia a los senadores procesados.

Canicoba indicó que “Pontaquarto, por el cargo que ocupaba es razonable que resultara el elegido a los efectos de materializar la operación” porque “su cargo lo llevaba a tener trato cotidiano y relación con los presidentes de bloque y con la totalidad de los senadores”.

Al retirarse de los tribunales federales, Canicoba Corral confirmó que se tomará “unos días” de licencia –la causa quedará en manos del juez Jorge Urso- y remarcó que “es probable” una eventual citación posterior del ex presidente Fernando De la Rúa al tiempo que remarcó que “hay otros” sospechosos en este expediente.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486