El nuevo ordenamiento legal bonaerense entró en vigencia el 15 de marzo pasado, y amplía los motivos para negar el beneficio de la excarcelación a detenidos por delitos penales, punto que fue uno de los objetivos principales de la reforma. La ley estableció la posibilidad de negar la excarcelación cuando se trate de imputación de delitos cometidos por pluralidad de intervinientes, cuando intervienen menores y para hechos cometidos "con violencia en las personas, en el caso de robo simple", que es el inciso cuestionado por el magistrado.
Sorondo (h) explicó que en este segundo caso de libertad a un detenido acusado de robo simple, declaró "la inconstitucionalidad con los mismos fundamentos que el caso anterior, es decir por considerar que la excarcelación es un derecho constitucional, inalienable derivado del estado de inocencia que goza todo habitante hasta tanto no haya una sentencia firme de condena". La fiscal interviniente en este hecho, Fabiana Ruiz, devolvió el expediente tras notificarse de la medida y lo entregó sin apelar, al igual que hizo el fiscal del anterior caso, Carlos Inzaurralde, que devolvió la causa sin apelar.
La mayoría de estos jueces y fiscales fueron designados por el anterior ministro de Justicia, Carlos Arslanián enrolado en el garantismo más absoluto.
El magistrado indicó que "el fiscal general de San Martín, Luis María Chichizola, en declaraciones periodísticas, manifestó que no iba a apelar" su resolución, "por compartirla". Varios jueces de otros Departamentos Judiciales de la provincia han pedido copia de la resolución, con lo que se puede complicar la decisión del gobierno de Carlos Ruckauf y de su ministro de Justicia, Jorge Casanovas de impulsar una legislación dura para reprimir el delito y bajar los índices de inseguridad ciudadano que crecieron sin intermitencias desde la reforma penal bonaerense impulsada por Arslanián.
Los primeros beneficiados con la excarcelación tras dictarse la inconstitucionalidad de la reforma, fueron Jorge Sergio Sacco y Luis Walter Díaz, detenidos el 19 de marzo pasado acusados de robo simple, cuando, simulando tener un arma de fuego, robaron un pasacassette a un automovilista en la localidad de San Martín. Sorondo (h) destacó que "de acuerdo a la reforma al Código Procesal Penal, esta gente tendría que estar presa todo el proceso pese a no tener antecedentes y tener prevista una pena menor, en suspenso, con lo que se está utilizando la prisión preventiva como un adelanto de pena, indebido, y que está prohibido por la Constitución nacional y provincial".
En su fallo califica de "dislate procesal, amén de manifiesta injusticia, imponer prisión preventiva a quien tiene expectativas de una pena en suspenso, decretándose una cautela desproporcionada al valor cautelado, dándose el absurdo de que mientras el sujeto fue inocente debió estar preso, para recuperar su libertad al ser declarado culpable".
La resolución del magistrado invoca el artículo 18 de la Constitución Nacional y el 10 de la Constitución provincial, que dice que "todos los habitantes de la Provincia son por naturaleza libres e independientes y tienen derecho perfecto de defender y de ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad".