El nuevo ordenamiento legal bonaerense entró en vigencia el 15de marzo pasado, y amplía los motivos para negar el beneficiode la excarcelación a detenidos por delitos penales, punto quefue uno de los objetivos principales de la reforma. La leyestableció la posibilidad de negar la excarcelación cuando setrate de imputación de delitos cometidos por pluralidad deintervinientes, cuando intervienen menores y para hechos cometidos "con violencia en las personas, en el caso de robo simple", que es el inciso cuestionado por el magistrado.
Sorondo (h) explicó que en este segundo caso de libertad a un detenido acusado de robo simple, declaró "lainconstitucionalidad con los mismos fundamentos que el casoanterior, es decir por considerar que la excarcelación es underecho constitucional, inalienable derivado del estado deinocencia que goza todo habitante hasta tanto no haya unasentencia firme de condena". La fiscal interviniente en estehecho, Fabiana Ruiz, devolvió el expediente tras notificarsede la medida y lo entregó sin apelar, al igual que hizo elfiscal del anterior caso, Carlos Inzaurralde, que devolvió lacausa sin apelar.
La mayoría de estos jueces y fiscales fuerondesignados por el anterior ministro de Justicia, CarlosArslanián enrolado en el garantismo más absoluto.
El magistrado indicó que "el fiscal general de San Martín, Luis María Chichizola, en declaraciones periodísticas,manifestó que no iba a apelar" su resolución, "porcompartirla". Varios jueces de otros Departamentos Judicialesde la provincia han pedido copia de la resolución, con lo quese puede complicar la decisión del gobierno de Carlos Ruckaufy de su ministro de Justicia, Jorge Casanovas de impulsar unalegislación dura para reprimir el delito y bajar los índicesde inseguridad ciudadano que crecieron sin intermitencias desdela reforma penal bonaerense impulsada por Arslanián.
Los primeros beneficiados con la excarcelación tras dictarse la inconstitucionalidad de la reforma, fueron Jorge SergioSacco y Luis Walter Díaz, detenidos el 19 de marzo pasadoacusados de robo simple, cuando, simulando tener un arma defuego, robaron un pasacassette a un automovilista en lalocalidad de San Martín. Sorondo (h) destacó que "de acuerdoa la reforma al Código Procesal Penal, esta gente tendría queestar presa todo el proceso pese a no tener antecedentes ytener prevista una pena menor, en suspenso, con lo que se estáutilizando la prisión preventiva como un adelanto de pena,indebido, y que está prohibido por la Constitución nacionaly provincial".
En su fallo califica de "dislate procesal, amén de manifiesta injusticia, imponer prisión preventiva a quien tieneexpectativas de una pena en suspenso, decretándose una cauteladesproporcionada al valor cautelado, dándose el absurdo de quemientras el sujeto fue inocente debió estar preso, pararecuperar su libertad al ser declarado culpable".
La resolución del magistrado invoca el artículo 18 de la Constitución Nacional y el 10 de la Constitución provincial,que dice que "todos los habitantes de la Provincia son pornaturaleza libres e independientes y tienen derecho perfectode defender y de ser protegidos en su vida, libertad,reputación, seguridad y propiedad".