18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Martín Böhmer
Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo

“La clínica jurídica es un servicio público”

 
La enseñanza del derecho debe brindar a los alumnos una visión acabada de lo que será en un futuro el escenario real para el ejercicio de la profesión de la abogacía, tanto desde el punto de vista teórico como del práctico. En esta oportunidad Diariojudicial.com se reunió con el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo, Martín Böhmer, para dialogar acerca de la enseñanza del derecho y el impacto que sobre ella ha tenido la experiencia de la clínica jurídica de interés público que ha creado la facultad de derecho.
Basada en una experiencia gestada en los Estados Unidos, la facultad de Derecho de la Universidad de Palermo fundó en el año 1995 como una extensión de la carrera de posgrado, -y luego también extendida a la carrera de grado- una clínica jurídica para atender casos de interés público, la cual ha ido tomando un protagonismo creciente dado por el volumen de casos como por el reconocimiento que diversos actores de la sociedad civil han hecho de la institución en la delegación de los casos que les han encomendado.
Martín Böhmer, quien fuera coordinador en sus comienzos de la clínica jurídica, destaca que la misma fue diseñada con la finalidad de generar un ámbito de enseñanza del derecho más crítico y menos dogmático que la tradición de nuestro país.
En esta línea señala que el impacto de la práctica en los cursos es muy importante porque prueba lo que quiere ser la apuesta de la Universidad que es “romper con la idea de que puede haber una división entre teoría y practica en la profesión”
Recordando casos exitosos y de trascendencia pública que ha llevado adelante la clínica, Böhmer señala que a través de ella se dieron cuenta de que “podíamos serle útil a las organizaciones de la sociedad civil” y después que “nosotros mismos empezamos a tener una agenda propia, que llamamos la agenda del derecho de interés público en la Argentina” y que utilizábamos nuestros casos para generar cosas que necesitábamos nosotros mismos como abogados de interés público.
Si bien presta un doble servicio -ayudando a la sociedad y enseñando a los alumnos- Böhmer resalta que “no utilizamos a nuestros clientes para que aprendan nuestros alumnos” en razón de que cuando los alumnos llegan a la clínica están formados por lo que la clínica es un servicio público. A continuación reproducimos la charla mantenida.

Diario Judicial: ¿Cómo se inició la clínica jurídica de la Universidad de Palermo?

Martín Böhmer: La Clínica comenzó en la Universidad de Palermo (UP) en el año 1995 cuando se inició la maestría de Derecho de la Universidad. La idea era crear en la maestría un ámbito de enseñanza del derecho más crítico y menos dogmático que la tradición de nuestro país y dentro de ese esfuerzo creamos dos actividades extracurriculares: la clínica jurídica de interés público y la revista jurídica de la Universidad de Palermo.

Dju: ¿Esta experiencia donde nació?

MB: Estados Unidos es el lugar donde esto nació, en la década del 70 con la lucha por los derechos civiles. Las universidades y las facultades de derecho en general se sumaron al esfuerzo y generaron estas clínicas para que la gente tenga mayor acceso a la justicia y para contribuir a la lucha para que los derechos constitucionales sean una realidad. Fue muy exitosa y hoy por hoy casi no hay facultad de derecho que no tenga una clínica jurídica.

Dju: ¿Qué ideas hubo en la fundación de la clínica jurídica de la UP?

MB: En la clínica jurídica fui el coordinador y la idea era llevar casos de interés público, porque para tener un curso práctico tradicional no teníamos un número de alumnos suficientes como para enfrentar esa posible enorme demanda de casos. Entonces la idea era llevar casos que nosotros generemos porque hubiera un derecho violado o bien casos que se vayan generando en las organizaciones de la sociedad civil ya que las organizaciones están enfrentando un determinado tipo de violaciones por ej. organizaciones que estén velando por los derechos de la mujer, o derecho de los consumidores, indígenas y ser sus abogados en casos de interés público para ellos. Así comenzó haciendo casos de interés público, casos que encontraban nuestros alumnos que en ese momento eran solo los de posgrados y como eran abogados los llevaban ellos y el tipo de casos eran sobre defensa de consumidores, discriminación, etc.

Dju: Actualmente, ¿sólo abarca a los alumnos de posgrados?

MB: Ahora se extendió a la carrera de grado porque forma parte del programa de práctica profesional de la carrera de derecho de la facultad que empieza en primer año donde se han armando cursos de destreza, redacción, investigación, ética profesional, mediación. En primer año los alumnos empiezan aprendiendo destrezas prácticas y terminan esos cursos de destrezas en la clínica jurídica donde son parte misma de la clínica.

Dju: ¿Cómo se dio la relación de la clínica jurídica con las organizaciones de la sociedad civil?

MB: Al comienzo Poder Ciudadano armó una red de organizaciones con quienes empezamos a trabajar y esta red fue entendiendo qué era un caso, cómo el derecho les podía servir, porque era interesante que en esa época todavía la sociedad civil no sabía en qué podía serle útil el derecho para su trabajo. Fue todo un proceso que nosotros llamamos de alfabetización jurídica de la sociedad civil. Y ellas mismas empezaron a mandarnos casos con experiencias muy interesantes.

Dju: ¿Qué experiencias se pueden rescatar en todos estos años?

MB: Del proyecto, nos dimos cuenta primero que podíamos serle útil a las organizaciones de la sociedad civil y después que nosotros mismos empezamos a tener una agenda propia, que era la agenda que llamamos “la agenda del derecho de interés público en la Argentina” y que utilizábamos nuestros casos para generar cosas que necesitábamos nosotros mismos como abogados de interés público por ej, que los jueces reconozcan que el amparo colectivo existía mas allá que no exista una norma que lo reglamente, que la legitimación activa de organizaciones existe y podía ser utilizado más allá de que no exista una ley que la reglamente. Fue interesante y yo decía por ese tiempo que íbamos construyendo el barco a medida que navegábamos. Nuestro barco que son las herramientas del derecho de interés público se iba construyendo a medida que nuestros clientes nos daban los casos que nosotros llevábamos adelante. Después se fueron generando muchas mas cosas. Ya va el octavo año de reuniones de clínicas jurídicas de latinoamérica donde la Universidad de Palermo es uno de los fundadores de esa red y tiene clínicas en Chile, Perú, Colombia y ahora se generaron incluso una clínica de interés público en Córdoba y Tucumán.

Dju: ¿Cualquiera puede traer un caso para ser tratado en la clínica jurídica?

MB: Si. Lo filtramos al caso por el lado del derecho de interés público para ver si tiene impacto colectivo, si puede ser un caso que modifica determinada política que viola derechos. Puede ser también un caso de un particular que sea un disparador de un tema colectivo, pero que a su vez no tenga recompensa patrimonial por lo que un colega pueda llevarlo por dinero; no le sacamos trabajo a ningún colega.

Dju: Para llevar adelante un caso ¿se cobra algún emolumento?

MB: No, es absolutamente gratuíto.

Dju: En la clínica hay una doble utilidad, tanto para la sociedad civil como para los alumnos en su aprendizaje...

MB: Si. En el 2000 cuando me hice cargo del decanato y trajimos la clínica jurídica a la carrera de grado hubo un problema que queríamos romper: el problema de las clínicas jurídicas en Estados Unidos que en el mismo ámbito quieren formar alumnos y dar un servicio público. En nuestro caso cuando los alumnos llegan a la clínica están formados por lo que la clínica es un servicio público. Por supuesto que en segunda instancia los alumnos aprenden muchísimo, ven un cliente, trabajan sobre casos reales pero no utilizamos a nuestros clientes para que aprendan nuestros alumnos. En la clínica se da un servicio público donde durante los cuatro años anteriores formamos a los alumnos.

Dju: ¿Es pionera la experiencia de la clínica jurídica de la UP en Argentina?

MB: Hubo algunas cosas antes por ej, el práctico de la UBA se podía hacer en la PDH o en el CELS donde los alumnos de la UBA toman casos de derechos humanos. Pero una clínica dedicada al derecho de interés público en una facultad de derecho es la primera.

Dju: ¿Qué casos renombrados ha llevado adelante?

MB: Hay varios casos interesantes como el caso contra Telefónica por un sobreprecio en los teléfonos públicos donde el pulso valía $ 0,22 y cobraba $ 0,25 porque los teléfonos no aceptaban monedas de un centavo. Luego de ganado el caso empezó a cobrar $ 0,20 como Telecom y la clínica obligó a que esto se haga público poniendo avisos en los diferentes medios como diarios, revistas. Tuvimos otro caso en una comunidad mapuche de Neuquén donde se obligó a la provincia de Neuquén para que se pague un sueldo mas a un maestro a fin de que dicte clase en la lengua mapuche a los chicos de la comunidad. También le ganamos un caso a Heladerías Freddo porque no tomaban mujeres y los obligamos a tomar mujeres. Tuvimos un caso contra los Hospitales de la Ciudad porque no permitían donar sangre a los homosexuales y los obligamos a cambiar el cuestionario.

Dju: ¿Cómo se lleva a cabo la organización y supervisión de los trabajos de la clínica?

MB: Está a cargo de profesores de la facultad y los miembros son alumnos de grado y posgrado de la facultad de derecho divididos por casos, y a medida que van llegando se van discutiendo los mismos en las reuniones semanales que tiene la clínica y en la medida en que un caso se toma se van armando los equipos con alumnos y un profesor que coordina.

Dju: Educativamente, ¿que impacto tuvo la clínica?

MB: El impacto de la clínica fue muy fuerte para la enseñanza del derecho, ya que mucho de las cosas que descubrimos en los casos los profesores de las materias no lo habían pensado por ej. el problema de los efectos de la cosa juzgada en un amparo colectivo federal, y a partir de eso se realizaron investigaciones, y a medida que surgen cosas se introducen en los cursos de estudio. El impacto de la práctica en los cursos es muy importante porque para mi prueba lo que quiere ser la apuesta de la UP que es romper con la idea de que puede haber una división entre teoría y practica en la profesión. La apuesta es demostrar que un mal teórico es un mal práctico y un mal práctico es un mal teórico. Para ganar un caso uno tiene que conocer la práctica y ser un sofisticado intelectual y para ser un sofisticado intelectual del derecho debe conocer la práctica.

Dju: En la enseñanza tanto curricular como extracurricular ¿se hace aplicación del método del caso?

MB: El método del caso tiene dos acepciones: una donde los alumnos llevan adelante el caso siendo una de las partes, negociando el contrato o bien la traducción correcta del “case method” que debería llamarse método del fallo que eso también lo hacemos: discutir y analizar fallos de tribunales nacionales y extranjero para mostrar como surge una regla y como se aplica al caso. En las materias tradicionales también hacemos aplicación de ésto, tanto en grado como posgrado. En el grado tenemos además los talleres donde los alumnos por ej, en contrato hacen contratos, en derecho penal llevan adelante un expediente penal, en mediación median, etc.

Dju: ¿Que diferencia resaltaría en la enseñanza del derecho de la Universidad de Palermo con respecto a las demás universidades ?

MB: En general la tradición en la enseñanza de derecho es una tradición de información de normas y a veces de algún fallo. Uno va a la facultad de derecho y lo que recibe es información sobre normas y doctrina sobre el derecho. Hay un profesor que cuenta lo que dice el tratado, el código y en el caso de los fallos se cuenta qué dicen los fallos. Nuestra apuesta es mas crítica ya que lo que queremos es desarrollar destrezas intelectuales para que nuestros alumnos tanto de grado como posgrado puedan enfrentar sus problemas, ver las diferentes posibilidades, argumentar eficientemente a favor de ellas y tener en claro que ese litigio se de en un contexto político institucional democrático que uno tiene que tratar de ayudar a mejorar. Desde el punto de vista de la ética profesional no solamente ganar el caso para el cliente, sino darse cuenta también que todo el mundo tiene el derecho a este servicio no solo los que pueden pagar, y tener en cuenta que cuando uno defiende a su cliente no solo tiene que defender los intereses del cliente sino también el Estado de Derecho y que no puede hacer cualquier cosa que se le ocurra por su cliente, lo que produce mucha tensión entre las obligaciones para el cliente, para la igualdad de toda la gente que necesita de los abogados y las obligaciones para el Estado de Derecho, cosas que el abogado debe tener en cuenta.



dr. ernesto josé genco / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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