Al evaluar las circunstancias especiales del caso, resumidos en los padecimientos sufridos por la actora a consecuencia del ataque del perro, los tratamientos y la razonable incertidumbre creada acerca de su estado de salud, los jueces entendieron que debía hacerse lugar al reclamo intentado por la actora y aumentar el monto de $ 1.500 a $ 2.000.
Para aumentar el monto indemnizatorio tomaron en cuenta la desaprensiva actitud de la demandada al momento de ocurrir el hecho y con posterioridad, ya que se mostró reticente a poner el animal a disposición de los médicos veterinarios para la realización del seguimiento pertinente.
En tanto, sobre el reclamo de daño moral pretendido para los hijos de la actora, los vocales detallaron que para ese caso era menester brindar argumentos que desvirtúen la falta de legitimación que en el caso halló la sentencia y las consideraciones por las que entendía resulta factible la procedencia del reclamo en la especie, como así, la prueba en que basa sus alegaciones.
En ese sentido, afirmaron que nada de ello se intentó y sólo se insistido en la valoración de las declaraciones testimoniales, cuya idoneidad para acreditar el perjuicio invocado fuera desechado con acierto en la sentencia, sin esgrimir en que medida consideraba que la prueba de marras resulta hábil al efecto.
Así el tribunal de apelación aumentó el monto indenizatorio a $ 2.000 confirmando la condena y resarciendo a la víctima como la única legitimada en autos para reclamar indemnización.