La finalidad del sistema informático de consulta de expedientes es descongestionar las mesas de entradas de los juzgados civiles, con la consecuencia de una mejor utilización del tiempo (y el esfuerzo) por parte de los letrados y una mejor asignación de las tareas para los empleados de los juzgados.
Como es sabido, la consulta puede realizarse desde tres formas de acceso. Ellas son:
- Las terminales de autoconsulta, ubicadas en tres edificios: Lavalle 1229, Av. de los Inmigrantes 1950 y Uruguay 714.
- En Internet: A través de la dirección: www.ccc.pjn.gov.ar.
- Por modem telefónico: Mediante 30 líneas rotativas al número 4382-7858.
En la entrevista, se trataron una serie de temas que hacen a cuestiones de importancia practica para el trabajo diario de los letrados, referentes a información que no aparece en las pantallas del sistema de consulta:
- El caso de los juzgados que no ponen la firma del autor del proveído (Juez, Secretario, etc.), dato imprescindible para hacer cédulas, oficios o mandamientos, con la consecuencia de que hay que ir al juzgado y pedir el expediente.
- Los juzgados que dejan en blanco la fecha de audiencias.
- La situación del juzgado n° 94, que todavía no puede consultarse. Lo mismo ocurre con la totalidad de las Salas del fuero.
- El delicado tema de la actualización de la información. Si bien el sistema de autoconsulta realiza periódicas revisiones de los datos de los juzgados, a fin de mantenerlos permanentemente actualizados, las resoluciones judiciales (los "proveídos") deben ser "dados de baja" por cada juzgado (mediante la utilización de un lápiz óptico y un código de barras). Si el juzgado no realiza esta operación, el proveído no es recogido por el sistema de autoconsulta. El riesgo es que el expediente, con el proveído efectivamente firmado pero no "dado de baja", vaya a parar "a la letra", mientras que en el Sistema de consulta de causas siga figurando "en despacho". Esta no sería una falla del sistema sino un error humano, atribuible al juzgado, pero puede perjudicar a los letrados y sus clientes.
- Otra supuesta falencia del sistema, es la de que muchos juzgados no ponen la fecha completa del proveído (vgr. Ponen "Buenos Aires de marzo de 2000), otro dato imprescindible para hacer cédulas, oficios o mandamientos. Nuevamente, la consecuencia es que hay que ir al juzgado y pedir el expediente.
Sin embargo, los Dres Posse Saguier y Gallo Tagle nos informaron que la fecha del proveído es la que aparece en la pantalla anterior a aquella donde figura el texto del proveído:
Vista de la pantalla en las terminales de autoconsulta:
Vista de la pantalla en Internet:
En los ejemplos de arriba, la fecha es la del proveído que aparece a la derecha de la misma, bajo el ítem "Descripción". Esto puede parecer obvio para algunos letrados, pero muchos manifestaron dudas al respecto.
Asimismo, ponemos en conocimiento que para atender reclamos y sugerencias, la Comisión cuenta con un E-mail y una línea telefónica. Correo: administrador@ccc.pjn.gov.ar y los teléfonos: directo: 4379-1609 y conmutador: 4382-2031/39 int. 1609 y 1894. Quien recibe en primera instancia esas comunicaciones es la administradora del sistema, la Lic. Marcela Pagella, quien las traslada a la Comisión.
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