28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Una manito para los jubilados

La Cámara de Diputados de la Nación deberá analizar un proyecto de ley que pretende la eliminación de un articulo de la Ley de Solidaridad Previsional. La norma impugnada establece que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) debe apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación todas las decisiones que le son desfavorables. TEXTO COMPLETO

 
La iniciativa que ingresó a la Cámara baja propone la derogación del artículo 19 de la ley 24.463, sancionada en 1995 con el nombre de Solidaridad Previsional, la cual establece: “La sentencia definitiva de la Cámara Federal de la Seguridad Social será apelable ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por recurso ordinario, cualquiera fuere el monto del juicio”.

El proyecto, en cuestión, fue presentado por la legisladora justicialista y miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación, María Leila Chaya, quien consideró que la norma “conspira contra los legítimos derechos de los jubilados”.

En ese sentido, la legisladora salteña afirmó que resulta indudable que el establecimiento de una tercera instancia de revisión judicial plena (la Corte Suprema de Justicia) en materia previsional, después de agotado el trámite administrativo obligatorio para obtener una resolución de la ANSeS, “no se concilia con la naturaleza y finalidad de los derechos alimentarios en juego”.

Esta ley previsional fija el procedimiento judicial que deberán seguir los casos que involucren a la ANSeS y establece que las decisiones del organismo nacional serán impugnadas en primera instancia en un juzgado federal, luego en la Cámara Federal de la Seguridad Social y finalmente concede una tercera opción ante el máximo tribunal.

Entre las justificaciones del proyecto se destacó que la creación de esa tercera instancia de apelación se tradujo en un “recargo innecesario de la tarea jurisdiccional” de la Corte Suprema de Justicia”.

Además, se consideró que se “extiende de manera injustificada el recurso ordinario de apelación” y que se “consagra una indebida disparidad de trato respecto de los demás juicios en que la Nación es parte, por la sola circunstancia de ser la ANSeS demandada en dicha clase de litigios”.

En esa línea, la diputada argumentó que la justificación esgrimida para que la Corte tome en sus manos el tema, no es “undamento suficiente” para que se haga cargo de temas puntuales, que en muchos “casos son de derecho común y procesal e insignificante valor económico desde el punto de vista institucional, y propios de los jueces de la causa”.



dju / dju
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