20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

"El juicio por jurados le va a dar una transparencia absoluta a la administración de justicia"

Gabriel Nardiello
Fiscal Criminal en lo Correccional

 

La implementación del sistema del juicio por jurados en nuestro país, una deuda pendiente desde 1853 cuando se sancionó la Constitución Nacional, ha generado una catarata de opiniones a favor y en contra. A pesar de ser una figura reconocida por la legislación internacional y por nuestra propia Constitución, recién a partir de la asunción del presidente Kirchner, y en especial desde que se lanzó el famoso Plan de Seguridad, el juicio por jurados llegó a conocimiento de la opinión pública a través de los medios de comunicación.
Como ya es sabido, los acontecimientos políticos causaron el reemplazo de Gustavo Béliz por Horacio Rosatti en el Ministerio de Justicia. A pesar de algunas “dudas” iniciales, el actual ministro de Justicia confirmó rápidamente su apoyo y el del gobierno al juicio por jurados. Todo hace pensar que el proyecto que actualmente se debate en el Senado, y que está inspirado en la iniciativa del senador Jorge Yoma, sería aprobado a fines de este año. Sin embargo, la implementación del sistema será en forma escalonada y progresiva según lo confirmó el mismo Rosatti hace pocos días.
Para hablar de este y otros temas, Diariojudicial.com entrevistó al fiscal criminal en lo correccional Gabriel Nardiello en los tribunales de la Avenida de los Inmigrantes.
Nardiello está dedicado hace varios meses al estudio del juicio por jurados como parte de su tesis doctoral. Por ese motivo, el fiscal es una voz autorizada a la hora de opinar sobre este “nuevo” mecanismo de administración de justicia en Argentina y sobre la experiencia de otros países. Además, Nardiello es docente de la Universidad Católica, tiene un posgrado en Derecho Penal en la Universidad de Palermo y realizó estudios de posgrado en la Universidad Complutense de Madrid.

 

Diariojudicial: A raíz de su tesis, usted estuvo en España y en EEUU analizando este sistema ¿Cómo funciona en estos países?

Gabriel Nardiello: Lo atractivo del viaje a España fue ver cómo una institución típicamente del common law puede ser aplicada en la cultura latina. El americano ya no se plantea por qué es jurado, es un derecho constitucional que tiene y que lo aplica. El americano como el inglés están orgullosos de ser jurados porque participan, de esa forma, en la administración de justicia.
En España, los conflictos están dados por la misma “organización judicial”, no por los ciudadanos, porque no es para todos los delitos, es sólo para determinados delitos (homicidio, robo calificado, etc). Pero como existe la regla de conexidad y como muchos no están de acuerdo con el sistema, tratan de aplicar esa regla de atracción para que esos delitos queden fuera de la esfera del jurado y sean juzgados en un juicio común.
Los defensores y fiscales españoles tienen algo de prejuicio acerca de como hacer comprender a un jurado qué es un homicidio agravado. Personalmente creo que subestiman al jurado, porque el jurado entiende todo. Además, en España siempre se quedaron con la asignatura pendiente de crear el jurado escabinado, es decir, jueces técnicos con jueces legos. Desde mi punto de vista eso no es un jurado típicamente.

Dju: ¿Es el mismo que se utiliza en Córdoba?

GN: Sí, es el mismo sistema. Lo que cambia es la cantidad de jueces legos y de jueces técnicos. En Córdoba son cinco y tres, según el nuevo proyecto. Para mí no es jurado en sentido estricto, es una mezcla de jurado donde el hombre de la calle se deja convencer por el juez técnico.

Dju:¿Desde el punto de vista estadístico, cómo se puede evaluar la experiencia en esa provincia?

GN: Yo no soy un aficionado a las estadísticas, muchas veces son muy mentirosas. Además la administración de justicia no se puede llevar por mediciones. Las estadísticas son algo típico del norteamericano. En la justicia se puede decir que un 0,5 de las causas que se inician llegan a juicio. ¿Está mal eso? ¿Está mal que se llegue a juicio con poco o que se inicien tantas causas? De mi fuero, llegan un porcentaje mínimo a juicio, pero porque se desestiman muchas denuncias que no son delitos.

Dju: Entonces, ¿cuál es el parámetro para saber si funciona bien el sistema?

GN: Lamentablemente los jueces y los fiscales no están para hacer política criminal. Estamos para hacer dogmática penal. En este fuero me paso haciendo política criminal, cosa que nosotros no tendríamos que hacer. Por ejemplo, todavía es muy discutido quién puede estar sometido a la probation y quién no.

Dju: Y en EEUU, ¿cómo es la experiencia?

GN: Uno de los verdaderos motivos de la revolución norteamericana fue la suspensión del juicio por jurado. Generalmente los ciudadanos al no pagar impuestos eran sometidos a juicio por contrabando, y eran los mismos ciudadanos que decían que esas personas eran inocentes. Por este motivo, la Corona abolió el juicio por jurados.
En Estados Unidos es un derecho constitucional, desde 1776 está incorporada a la Constitución y desde ahí funciona. Lo viven de una forma distinta. En los distintos Estados la cantidad de jurados va cambiando. A nivel sociológico, “son doce hombres en pugna”, donde el abogado busca un jurado que le pueda servir.

Dju:¿Pero quién los elige?

GN: Los miembros del jurado se eligen por listado de padrón electoral, pero el abogado defensor y el fiscal pueden recusarlos con justa y sin justa causa, el límite depende del Estado en que se encuentren. Nosotros no podemos innovar mucho. Si desde 1776 a ellos les funciona bien, en teoría el proyecto tendría que servir para nosotros, pero se están olvidando de algo: nosotros somos distintos a los americanos. ¿Qué autoridad moral puede tener una persona que tapa la patente para que no le hagan la multa y después tiene que ser jurado y acusar a alguien? ¿Qué autoridad moral tiene una persona que cuando es testigo de un crimen no se quiere presentar?

Dju: Entonces, ¿qué hay que hacer?

GN: Yo creo que se empieza desde la escuela primaria. No se pueda aplicar algo de la nada. El receptor debe estar preparado. Si desde 1853 está en la Constitución y no se aplicó, hay algo por lo cual no se aplicó. Puede ser por desidia política o algo parecido.
Las cosas se pueden hacer en forma progresiva o por efecto shock. Al ciudadano no se lo puede incorporar por efecto shock porque le produce rechazo. Hay que tener en cuenta un montón de valoraciones extrajudiciales. Hay que ver cómo está preparado el pueblo, la educación media, porque también puede ser jurado quien vive en la villa 31.

Dju: Desde el punto de vista educativo, ¿el argentino medio esta preparado para ser jurado?

GN: Sí, porque el de la villa 31 tiene más vivencias y está mejor preparado que alguien de barrio Parque, porque la experiencia de vida de ese hombre fue terrible. Yo no hablo de educación, hablo de cultura y la cultura está dada por las vivencias de la vida. La duda es cuál de los dos tiene más compromiso social. Evidentemente no hay una cultura de la participación. Sin embargo, el jurado le va a dar una transparencia absoluta a la administración de la justicia.

Dju: Uno de los cuestionamientos que se hacen al sistema es que dos jurados distintos pueden decir que es culpable o inocente refiriéndose a un mismo caso…

GN: También puede suceder con dos jueces. Para un juez puede ser inocente y para otro culpable. Exceptuando al Papa, el resto somos totalmente falibles.

Dju: Otro argumento en contra es el de la seguridad de los jurados…

GN: Pero no hay diferencia entre un fiscal y un jurado. Yo vivo sin custodia. Si vamos al grado de corruptibilidad, tiene tantas posibilidades de corromperse un jurado como un juez.

Dju:¿Por qué surge ahora el jurado?

GN: Estoy convencido que fue por la presión de Blumberg. Creo que las presiones populares son muy válidas pero los técnicos tienen que saber canalizar y focalizar la presión. El reclamo de Blumberg, no obstante, es válido.

Dju:¿Más allá de eso, no era necesario implementarlo?

GN: Seguro, ahora como juradista digo que no estamos preparados para hacerlo. Tal vez hay que implementarlo para delitos muy graves, por un período de prueba, y luego incorporar los demás delitos. Ese proceso puede llevar veinte años.

Dju:¿Que opinión tiene en general de los planteos que hizo Blumberg?

GN: Muchos me parecen razonables, en otros me parece que está equivocado, por estar mal asesorado. Los que son razonables, algunos merecen cierto replanteamiento y para insertarlos se necesita su tiempo. Yo no le echo la culpa al planteo, yo le echo la culpa que para calmar a Blumberg lo implementemos de apuro.

Dju:¿Cuál es su posición sobre la discusión sobre el sistema inquisitivo o acusatorio?

GN: Es necesario que la investigación este a cargo del fiscal, el juez está para tomar una decisión judicial. El fiscal debe distinguir lo que es delito y qué no es delito. Esto es una puja de poder, hay jueces que están dispuestos a perder poder y otros que no. Igualmente, el poder judicial tiene siempre que tirar para el mismo lado.



nicolás pizzi / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486