20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Suspenden por 180 días ejecuciones hipotecarias

Es por una ley aprobada en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires. La norma rige para inmuebles de menos de 90 mil pesos. Se aplicará en los casos de vivienda única o familiar. El plazo se extiende a un año cuando los deudores estén desocupados. Cerca de 550 mil personas están en riesgo de que sus viviendas sean ejecutadas. Resta la promulgación por parte del gobernador. TEXTO COMPLETO

 
La Legislatura de la provincia de Buenos Aires acaba de sancionar un proyecto de ley que suspende por 180 días hábiles en el ámbito de esa provincia toda la instancia de ejecución que tenga por objeto a la vivienda única y familiar, en juicios hipotecarios sea cual fuere el origen de la obligación. Según el artículo 1, el monto de la valuación fiscal actual del inmueble no debe superar la suma de 90 mil pesos. El proyecto fue presentado por el diputado justicialista Alfredo Mario Antonuccio pero la Asociación en Defensa de la Vivienda (Adevifra), que reúne a los damnificados, participó activamente en su elaboración.

Quedarán exceptuados de ese régimen los créditos de naturaleza alimentaria, los derivados de la responsabilidad por comisión de delitos penales y los créditos laborales. El plazo de 180 días se extenderá a 1 año para aquellos que, al día de la sanción de la norma, puedan probar fehacientemente que están desocupados. El Poder Ejecutivo, según el artículo 5 del proyecto, procederá a su reglamentación en el plazo de sesenta días desde si publicación. Según se informó, el gobernador Felipe Solá tiene previsto promulgar la ley durante este mes: desde ese momento la medida entrará en vigencia.

En los fundamentos de la ley, que contó con el respaldo de las bancadas oficialistas y opositoras en ambas cámaras, se explica que la norma tiene por objeto atender la “afligente” situación en que se encuentran más de 500 mil personas, que quedaron fuera de los beneficios otorgadas a raíz de la ley 25.798 de 2003.

Sin embargo, no existe un cálculo de la cantidad de deudores que podrían resultar beneficiados por la ley recientemente aprobada, porque se desconoce qué cantidad de personas tiene un inmueble de una valuación inferior a los 90.000 pesos. Al efecto, se creará el Registro de Deudores con Ejecuciones Judiciales que tengan por objeto la vivienda única donde deberán inscribirse las personas afectadas mediante declaración jurada formulada por el deudor.

El proyecto tenía dictamen de la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados desde el 17 de noviembre de este año aunque fue aprobado por esa cámara el 22 de diciembre. El 29 de ese mismo mes, el Senado provincial sancionó sin modificaciones la norma.



dju / dju
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