La iniciativa fue expuesta el miércoles 26 del corriente por el ministro de Justicia de Chile, Luis Bates, quien sostuvo que el proyecto “no es ni punto final explícito o encubierto, no es modificación o alteración de las normas internacionales vigentes en Chile, ni es impunidad”, sino sólo “aceleración” de todas las causas criminales iniciadas bajo el antiguo sistema, incluidas las de derechos humanos.
Para aquellas causas que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley lleven más de un año y seis meses en estado de sumario, que es el caso de más del 90 por ciento de los procesos de derechos humanos, ese plazo será de seis meses, o sea, un período igual al que estableció el pleno de la Corte Suprema chilena para los juicios sobre derechos humanos.
El proyecto contempla que finalizados los plazos descritos el juez pueda adoptar distintas decisiones, como ser procesar a los imputados, si los hay; abrir la fase probatoria; y dicta condena o absolver. Si no ha podido reunir antecedentes suficientes para procesar a alguien, el juez podrá archivar la causa por plazo de un año, el que podrá interrumpirse si aparecen nuevos antecedentes considerados relevantes.
Asimismo, luego de transcurrido un año sin encontrar nuevos antecedentes, el juez deberá dictar sobreseimiento en forma definitiva. No obstante, el juez en vez de archivar también podría sobreseer temporalmente el juicio. Cerrado el sumario, en las modalidades con o sin procesados, de todas maneras las partes podrán pedir su reapertura, sólo si el juez considera que los nuevos elementos aparecidos o las diligencias a realizar son conducentes a obtener resultados concretos.
Además, se establece que sean los jueces investigadores los que resuelvan acerca de la imprescriptibilidad de los delitos que se investigan, si en causas que se instruyen por crímenes de lesa humanidad como las de derechos humanos, los plazos conducen a cerrar la etapa investigativa y por lo tanto a archivar o sobreseer una causa, sin encontrar todavía a los responsables.
La iniciativa deja expresamente establecido que las causas “no pasarán a manos de las nuevas autoridades judiciales que ya operan en el resto del país”, fiscales, defensores, jueces de garantía y juzgados orales colegiados, sino que “permanecen en poder de jueces y ministros de corte con dedicación exclusiva o atención preferente”. La reforma procesal penal entrará a regir en la Región Metropolitana a partir del 16 de junio.
Se ha llegado a la conclusión de que los procesos criminales que se verán vinculados con este empalme serán varias decenas de miles, dado que sólo en 2004 en Santiago ingresaron 347.008 querellas o demandas del ámbito criminal. No obstante, ello no significa que todas se hayan acogido a tramitado. El proyecto entrará en una fase de debate con distintos sectores y sólo ingresará al Parlamento en marzo.