Contra todos los pronosticos -la jurisprudencia iba en sentido contrario- el Congreso limitó en contadas causales las únicas instancias de progreso en el proceso penal, dejando de lado instancias como la del procesamiento como acto interruptivo de la prescripción. Ni que hablar de la rebeldía del imputado, cuyo premio por evadir la acción de la justicia ahora se otorga por ley.
La realidad indica que el fuero penal está inmerso en un sistema de inflación procesal. A diario vemos que divorcios, conflictos societarios, cuestiones laborales, desalojos y otros tantos rubros del catálogo forense siempre encuentran alguna diagonal para recalar en el fuero criminal con denuncias de supuestos delitos. Este fenómeno incluso abarca a los mismos jueces que en una costumbre cada vez más frecuente incluyen en sus partes resolutorias envíos de testimonio a la justicia penal para que investigue las razones porque otro colega firmó lo que firmó. Así aparece la justicia penal como la que todo lo resuelve cuando en realidad lo único que se generan son montañas de papeles.
Quienes afirman que el nuevo marco normativo es positivo para el sistema admiten que si bien los efectos inmediatos son "una carnicería de expedientes" la fijación de límites procesales más estrictos obligará a los jueces a avanzar o archivar las causas, reduciendo notablemente su marco de discrecionalidad muchas veces rayano con el abuso de poder.
Desde el arco institucional el Presidente de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas (JU.FE.JUS), Alberto Balladini, afirmó que la ley por la cual se modificó el Código Penal terminara favoreciendo la impunidad en el país.
Según Balladini si bien es cierto que la demora en la tramitación de las causas hace que el justiciable merezca una respuesta por parte del servicio de justicia en un plazo razonable, opinó que la reforma, aprobada, puede hacer que queden sin sanción innumerables conductas presuntamente delictivas que la sociedad tiene expectativas que sean esclarecidas en la justicia.
En esa línea, expuso que se debe considerar que en las delitos de corrupción no sólo esta en juego el interés particular del caso en cuestión, sino el interés general de la sociedad que pretende que ese tipo de conductas no queden impunes y agregó que esta ley hará que en muchos casos se favorezca la impunidad.
Por otra parte, recordó que la Argentina suscribió la Convención Interamericana contra la Corrupción y en ese acuerdo se comprometió a que el combate contra la corrupción fortalece las instituciones democráticas, evita distorsiones de la economía, vicios en la gestión pública y el deterioro de la moral social.
Por último, aseveró que ley de esta naturaleza merecía ser estudiada con magistrados y funcionarios del Poder Judicial Nacional y los poderes judiciales provinciales para tener en cuenta las consecuencias de una modificación como la efectuada.
El nuevo texto legal, en líneas generales, insta a los jueces a tramitar las causas más rápido para que no prescriban y busca asegurar el derecho de todo imputado a que el juicio se realice en un plazo razonable.