Según Jorge Agúndez, presidente de la Comisión de Justicia del Senado, “la secuela del juicio” era interpretado de diferentes maneras por cada uno de los jueces. “Nosotros quisimos darle una interpretación restrictiva y estable”, aseguró en diálogo con este medio.
Según las modificaciones aprobadas, por 42 votos afirmativos, ninguno negativo y ninguna abstención, la prescripción se interrumpe solamente por: a) La comisión de otro delito (esto ya estaba). Después la norma hacía referencia a las secuelas del juicio, que ahora se dividen en: "b) El primer llamado efectuado a una persona, en el marco de un proceso judicial,..."; "c) El requerimiento acusatorio de apertura o elevación a juicio,..."; "d) El auto de citación a juicio ..."; y "e) el dictado de sentencia condenatoria,...". Así, lo que ha hecho el autor del proyecto es determinar cuáles son las verdaderas causas de interrupción de la prescripción.
Además, tomando en cuenta los antecedentes jurisprudenciales, los legisladores modificaron el último párrafo del artículo 67. “La prescripción corre, se suspende o se interrumpe separadamente para cada uno de las delitos y para cada uno de los partícipes del delito” ya que antes se hacía referencia a que la prescripción corre, se suspende o se interrumpe separadamente para cada uno de los partícipes, pero no decía que además era para cada delito, afirmó Agúndez en la sesión del Senado.