01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Luis René Herrero

Con relación a la pregunta que se formula en la encuesta de esta semana, he votado en contra de la modificación al art. 67 del Código Penal, por la siguiente razón. Se enfrentarían en este caso el escrúpulo de "certeza" (los juicios no pueden durar años) con el escrúpulo de "verdad" (los delitos no pueden quedar impunes). Cuando ello sucede, el maestro Eduardo J. Couture -aunque con relación al instituto de la cosa juzgada- no tiene dudas de señalar lo siguiente: "La razón natural aconseja que el escrúpulo de verdad es más fuerte que el escrúpulo de certeza, y que siempre en presencia de una nueva prueba, o de un nuevo hecho fundamental antes desconocido, puede recorrerse de nuevo el camino andado para restablecer el camino de la justicia." (Fundamentos, Depalma, 1981, pág. 406). Todos sabemos, sin necesidad de ser penalistas, que Las normas penales "disuaden" [fin que debería persguir el legislador al sancionarla] o "estimulan" conductas delictivas. Esto último puede suceder, por ejemplo, cuando están redactadas en forma confusa, son irrazonables, o directamente incumplidas por la sociedad (tendrían vigencia "normológica" y no "sociológica", como acotaría el maestro Germán J. Bidart Campos).
La pregunta que debiera formularse en este caso , a mi juicio, sería la siguiente: "Usted piensa que la reciente modificación del art. 67 del C.P. ¿disuadirá o estimulará las conductas delectivas que tipifica el Código Penal?
Si se acortan los plazos de prescipción de la acción penal -lo que en principio sería compatible con la garantía de la inviolabilidad de la defensa en juicio del imputado- pero sin embargo los juzgados y salas del fuero penal carecieran de los medios técnicos, espacio físico y personal idoneo para adecuar el "tiempo" del proceso a los "tiempos" de la nueva normativa, no sería nada improbable que la reforma condujera a la impunidad de la mayoría de los delitos, a aumentar el descreimiento de la sociedad con la justicia y, lo que no es menos grave, a estimular las conductas delicitivas que tipifica el Código Penal.
Afectuosamente.
Luis René Herrero


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