En la presentación judicial, el Poder Ejecutivo consideró que "mantener con vida el régimen del decreto ley 10.067, además de generar una situación inconstitucional, es sostener un sistema irreal, ilegítimo e ineficaz para resolver la problemática del menor". “La suspendida ley 13.298 le quita injerencia a los jueces de menores de la provincia para dirimir causas asistenciales o situaciones de pobreza, facultad que sí les otorga el decreto ley 10.067”, advirtieron.
La suspensión se adoptó la semana pasada, tal como informó este medio, luego de que la Corte hizo lugar a un pedido de la Procuradora, María del Carmen Falbo, quien solicitó la suspensión de la norma, sancionada a fines del año pasado por la Legislatura. Falbo argumentó, en su momento, que la decisión se mantenga "hasta tanto el Poder Ejecutivo disponga de los organismos y recursos técnicos y materiales previstos en la norma".
"El pedido de suspensión de la ley es por la falta de órganos administrativos que atiendan los temas que hasta hoy atendían los órganos judiciales", afirmó Falbo en su presentación. Siguiendo esa línea argumental, el máximo tribunal había postergado al entrada en vigencia de la nueva ley por considerar que "no se encuentran garantizados recaudos suficientes en orden a la participación especializada de organismos, personas y recursos técnicos y materiales indispensables".
Pero el gobierno de la Provincia de Buenos Aires no vio con buenos ojos esos esa decisión y
le pidió a la Suprema Corte que la revea. En la extensa fundamentación acompañada en el recurso de reposición, que firma el ministro de Desarrollo Humano, Juan Pablo Cafiero, el Ejecutivo recordó que esta es la segunda vez que un planteo de la Procuración "evita adecuar la legislación provincial sobre infancia a lo que establece la Convención sobre los Derechos del Niño".
En el escrito presentado a la Corte se precisó que la nueva ley alcanza directamente a casi 4.700.000 menores de 18 años. De ellos, más de dos millones viven en familias humildes y con problemas económicos, "lo que torna imprescindible multiplicar servicios estatales para fortalecer a las familias y proteger a los niños", agrega.
"Este universo no puede mínimamente ser resuelto por el antiguo régimen de Patronato que responde al conjunto de conflicto que genera esa situación mediante la sola y simple actuación judicial", consignó. La presentación hace mención también a que la misma ley prevé que, por 90 días, los Tribunales de Menores "mantendrán sus actuales competencias para concluir las causas asistenciales" y garantiza los recursos para implementar la nueva ley, cuestión que había puesto en duda la Suprema Corte.
"La previsión presupuestaria no es otra que la totalidad del presupuesto provincial en cuya ejecución el Estado, tanto provincial como municipal, debe considerar el interés superior del niño", explicaron en la presentación judicial. Además se detalló que, durante el 2004, el Ministerio de Desarrollo Humano giró a los municipios 80 millones de pesos para emergencia alimentaria y atención de la infancia; y en los primeros 40 días de este año ya transfirió 12 millones.
Para el Poder Ejecutivo, la estructuración de un sistema de promoción y protección de derechos del niño "tuvo su acabada respuesta legal con la sanción de esta nueva norma la que, más allá de las dificultades en su implementación, no puede ser sustituida haciendo revivir un decreto inconstitucional". También recordó que la Convención de los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional, "toma al niño como sujeto de derechos y no un objeto de protección o simple destinatario de acciones asistenciales", principios contenidos en la nueva ley que se encuentra suspendida.
Sin embargo, fuentes del máximo tribunal le confirmaron a este medio que la controversia por la Ley de Protección Integral de la Infancia recién se podría definir recién durante la próxima semana. “Existen una serie de plazos que se deben cumplir y que impiden una definición en la Acordada de este miércoles”, dijeron.
La nueva ley de menores sancionada a fines de diciembre del año pasado, y parcialmente vetada por el Poder Ejecutivo, otorga a los adolescentes, acusados de cometer delitos, las mismas garantías procesales que a los adultos, ya que se crea un nuevo fuero del Niño que incluye a los actuales jueces pero incorpora además a fiscales y defensores, ausentes en la actual legislación.
br>La iniciativa crea, además, un nuevo régimen de Protección Integral de los Derechos del Niño y el Adolescente en el que “desjudicializa” las causas asistenciales; y obliga a cada departamento Judicial a contar con un cuerpo de peritos especializados en la materia.
dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.