“Al primer constitucionalismo liberal le sucedió el constitucionalismo social. Hoy podríamos hablar del estado social y democrático de derecho.El abogado no sólo debe ser el defensor de los derechos humanos tradicionales, que debe defenderlos, sino también de los nuevos derechos y encauzar esa labor de defensa en orden a la evolución jurídica del siglo XXI”, le dijo a este medio Francisco Miranda Molina, vocal de la Corte Superior, el equivalente a las cámaras federales argentinas, de Arequipa, Perú, y presidente de la Asociación de Magistrados de la misma ciudad y uno de los expositores de la conferencia.
Para Molina el siglo XXI instaura los derechos de “tercera generación”, como por ejemplo los ecológicos. “Después de los derechos individuales vienen los derechos sociales, económicos y culturales y ahora se habla de los derechos de tercera generación. Por ejemplo, los derechos ecológicos, a vivir en un medio ambiente adecuado. La idea es que el abogado conozca y difunda esos derechos, encause en su defensa los medios necesarios para que puede proteger los derechos de los ciudadanos que nos interesan a todos”, consideró el magistrado peruano.
Muchas veces los avances sociales no son acompañados con el marco legislativo adecuado. “Por lo tanto el abogado debe ser imaginativo”, propone Molina y piensa en un abogado que asesore permanentemente al legislador. “Donde no existan los instrumentos legales el abogado debe imaginar las formas de encaminar su defensa creando nuevos derechos y, además de litigar, debe desempeñar otras labores como la de asesor legislativo y debe, vía su colegio de abogados o sus instituciones gremiales, preparar los proyectos necesarios de reforma para la mejor protección de esos derechos”, afirmó Molina.
Sin embargo, la aparición de nuevos derechos humanos en los albores del siglo XXI no eclipsan la defensa de los derechos individuales. “Felizmente y en términos generales las épocas de las dictaduras militares que nos afligían han terminado pero eso no significa una resurrección automática del estado de derecho” dice Molina para quien la restauración democrática “tiene un proceso que recién lo estamos encaminando”.
En la defensa de los derechos humanos los gobiernos, para bien o para mal, juegan un papel central. Alejandro Lapadú, vicepresidente del Comité de Derechos Humanos de la FIA y ejerciendo su titularidad hace 3 años, le contó a DiarioJudicial.com que “a una de las conclusiones que arribó el comité fue que en muchos casos son los propios gobiernos los que propiciaban, a través de sus conductas, muchas veces por exceso de la aplicación de la ley, la violación de los derechos humanos fundamentales” y ubicó al abogado como “el interlocutor valido entre la sociedad y las autoridades ante las cuales hay que peticionar y defender esos derechos humanos”.
En relación al tema Molina explicó que “no siempre los gobiernos democráticos han estado al alcance de las circunstancias y conviene que el abogado sea un observador eficaz de la actividad de esos gobiernos”.
“Otro tema que se toco tiene un tinte económico yes la violación de los derechos humanos a través de las actividades laborales: la falta de trabajo, las condiciones de trabajo infrahumanas, las legislaciones con flexibilización laboral que hace que se violen derechos humanos económicos pero fundamentales con raigambre de protección constitucional” asevera Lapadú.
En relación a las herramientas legales que tiene el abogado para la defensa de los derechos humanos, Molina dijo que“en las últimas constituciones, entre las que se encuentran las de Perú y Argentina, se puede decir que la ley es adecuada” sin embargo “falta el desarrollo que se debe dar a nivel legislativo y allí si se advierten insuficiencias en cuanto los legisladores muchas veces no le dan la debida importancia al desarrollo de los derechos consagrados en la Constitución o en los tratados internacionales”.
Sobre la legislación argentina, Lapadú dijo que “como esta pasando en la mayoría de los países, otra de las conclusiones a las que hemos llegado,es que no es un problema del plexo normativo, es de las personas que lo aplican porque la Constitución es sabia el problema es que no siempre se la sabe aplicar y defender”.