Según el fiscal del caso el hombre sabía que era portador del virus del VIH, pero no se lo comunicó a su pareja, con la que mantuvo relaciones sexuales sin tomar ninguna medida de protección a pesar del evidente riesgo y las consecuencias que ello conllevaría.
Si bien en un primer momento el acusado dijo que mantenía relaciones con su novia usando siempre el preservativo, finalmente reconoció los hechos aunque argumentando que sufría de hepatitis. La defensa también afirmó que al iniciarse la relación, la mujer sabía que era toxicómano y era plenamente consciente del riesgo que podía correr en sus relaciones.
La Justicia caratuló el hecho como lesiones que puede configurarse como un homicidio imprudente en grado de tentativa cuando existe intención de contagio. Pese a que en un primer momento la acusación particular solicitó seis años de prisión, finalmente se llegó a un acuerdo para rebajar la pena a un año y elevar la cuantía de la reparación, que el fiscal fijó en principio en 12.000 euros.
La mujer infectada con el virus del SIDA no ha desarrollado la enfermedad. Sin embargo la sentencia estipula que la indemnización deberá ser elevada a 60.000 euros en el caso de que la mujer desarrolle finalmente la enfermedad.