Dos representantes de la ONG chilena “Fundación Terram” y el diputado Arturo Guerrero le habían solicitado información al Comité de Inversiones Extranjeras para conocer los antecedentes que aprobaron el proyecto “Río Cóndor” de deforestación que realizará la empresa “Forestal Trillium”. Como el comité se negó, los solicitantes recurrieron a los tribunales locales para reclamar. Pero la Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso presentado.
Luego de obtener una negativa tras otra, acudieron a la CIDH fundamentando su reclamo en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que dice que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
La demanda la presentó la CIDH este lunes y se trata del primer caso en que un órgano internacional de justicia deberá resolver sobre el derecho de los ciudadanos de acceder a la información en manos de órganos estatales, es decir información pública.
En la Argentina no hay una ley que regule el acceso a la información pública. La Cámara de Diputados de la Nación aprobó una iniciativa en ese sentido, pero el año pasado el Senado, sobre el límite del vencimiento parlamentario para tratar la iniciativa, la modificó por lo que volvió a la cámara baja a la espera de un nuevo tratamiento.