26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

¿Alcanza con el título de abogado?

De visita en Argentina, dos profesores de derecho de universidades brasileras dialogaron con Diario Judicial.com sobre la colegiación obligatoria para ejercer como abogados en Brasil. Allí, luego de pasar por la universidad, se debe rendir un examen en el colegio de abogados. Carlos Andreucci, presidente de la FACA, propone “preguntarnos si la curricula universitaria es bastante para ejercer”.

 
A diferencia de Argentina, en Brasil la colegiación de los abogados es obligatoria para ejercer la profesión. Los egresados de las facultades son sólo bachilleres en derecho y deben rendir un examen ante la Orden de Abogados de Brasil, correlato de los colegios de abogados en Argentina, que será el que los habilita a litigar. A diferencia de Argentina donde el paso por la universidad alcanza para ejercer la profesión.

Aprovechando su visita a la Argentina Diario Judicial.com entrevistó este jueves en la sede de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) a Paulo Alfonso de Meireles y Adrián Sánchez Abraham, profesores en universidades brasileras y los responsables de la consultora GPG que desarrolla los exámenes de ingreso a la Orden de los Abogados de Brasil, para conocer los mecanismos de estos examenes.

Primero explicaron cómo es el sistema de formación en Brasil. Meireles señaló que “las facultades no forman abogados sino que forma bachilleres en derecho. Y un bachiller en derecho puede dedicarse a la vida académica” pero para ejercer como abogado debe rendir un examen que lo habilite.

Ese examen, explicó Meireles, tiene como ventaja que permite “evaluar un nivel mínimo de conocimiento técnico que esos egresados de las facultades tienen para poder ir al mercado y prestar el servicio de abogacía. La principal ventaja sería esa”. Y como ventaja subyacente explicó que los resultados de los exámenes de la Orden de Abogados de Brasil les permite a las facultades conocer cuales son las aéreas de formación del derecho con mayores dificultades de aprendizaje.

Los examenes constan de una primera parte general, con todas las materias de derecho y una segunda donde el estudiante elige el aérea, civil, penal, comercial. Se rinden semestralmente y desaprobarlo no significa no poder volver a rendirlo. Quien lo reprobó puede volver a presentarse cuantas veces quiera.

Sobre si la implementación de este examen es una crítica a la formación universitaria, Abraham señaló que “llega a ser interpretado así pero no es así. La crítica a las facultades no es la finalidad del examen. La cuestión es que el examen hace que las facultades tengan más estudios de las cuestiones del proceso de los abogados. Y también es una forma de control de los abogados en el ejercicio de la profesión”.

Consultado sobre si el propio mercado no debe ser el que elija a los abogados, Meireles afirmó que “si el mercado fuese de gente capacitada y con buenos niveles socioeconómicos la gente puede decidir qué abogado ir a buscar. Pero por la función del abogado de proteger los derechos de los ciudadanos, y sabiendo que la sociedad ideal no es la que tenemos en latinoamérica, cuando nosotros decimos que el mercado decida en realidad lo que hacemos es dejar que nadie decida porque esas personas no tienen la capacidad para decidir si es un buen abogado o no”.

En la Argentina la situación es bien distinta. Para ejercer la profesión de abogados basta con el titulo universitario sin rendir otro examen. Para Carlos Andreucci, presidente de la FACA, “estamos mas en el camino de un debate profundo sobre la calidad profesional de lo que esta dando la universidad que pensar en un examen que sea, por su aprobación o desaprobación, un elemento de inclusión para unos y de exclusión para otros”.

En relación al modelo del examen brasilero dijo “que puede ser un atractivo desde el punto de vista de buscar la optimización del profesional” pero “para nuestra tradición tiene la problemática que aquel que no aprueba no se inserta como abogado. No se incluye frente a un trabajo universitario previo de formación de título hacia el rumbo que él estudio. Y a lo mejor la contingencia de un examen no define realmente el perfil de un abogado”.

Por eso señaló que “hemos instalado el debate de la habilitación, que no va de la mano de un examen. Tenemos que preguntarnos si la curricula universitaria es bastante para ejercer”.



dju / dju
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