El mismo tiene siete cláusulas. La primera establece que la AGN practicara “auditorías externas de la gestión presupuestaria, económica, financiera, patrimonial, técnica y normativa de la administración del Poder Judicial de la Nación”. Por su parte el Consejo de la Magistratura le comunicará “los planes de acción, de compras y contrataciones, el presupuesto y la asignación de recursos correspondientes, una vez que se aprueben los ejercicios presupuestarios a ser auditados” marca la cláusula quinta del convenio.
La AGN realiza “el control de la legalidad, gestión y auditoria de toda la actividad de la administración pública centralizada y descentralizada”. Así lo establece el artículo 85 de la Constitución Nacional. En ese marco audita los organismos que reciben fondos del Tesoro de la Nación.
“Que a efectos de obtener una mayor transparencia en el actuar del Estado, se debe implementar un sistema de control capaz de corroborar el uso del dinero que compone el erario público” consideró el Consejo para aprobar el convenio.
El texto del acuerdo fija 16 objetivos de la auditoria. Entre ellos se encuentra realizar el relevamiento de la normativa inherente a diversos sectores, entre ellos se destacan: compras, contrataciones, obra pública y el relevamiento de la elaboración del presupuesto anual y del plan anual de compras y contrataciones. Además realizará el control de aspectos legales y financieros de adjudicación y pago de compras y contrataciones de equipamientos, bienes de uso, suscripciones, entre otros objetivos.