18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

El día que el orden jurídico mundial comenzaba a cambiar

El atentado a las Torres Gemelas, la posterior invasión unilateral a Irak y la desobediencia al mandato del Consejo de Seguridad de la ONU configuraron una nueva manera de combatir la violencia alejada de los derechos humanos y las leyes internacionales por parte de los Estados Unidos. A cuatro años del atentado, opinan Leandro Despouy y Alejandro Consigli.

 
Era imperceptible o poco imaginable para muchos en ese momento. Pero el 11 de septiembre de 2001, en el mismo momento que las Torres Gemelas, símbolo del poderío económico de Estados Unidos, se derrumbaban, después que dos aviones se estrellaran contra ellas, el mundo comenzaba a cambiar en muchos aspectos. Uno de ellos sería el orden jurídico mundial que EE.UU. comenzaría a violar en pos de la lucha contra el terrorismo al que, vistos los resultados, no logró detener.

“El ataque a las torres fue un evento que mostró la amplitud y la capacidad operativa del terrorismo. A partir de ahí se han adoptado medidas que no siempre se adecuan al orden internacional actual y han tenido en muchos casos consecuencias que han resentido los derechos humanos” reflexiona en dialogo con DiarioJudicial.com Leandro Despouy, Relator Especial sobre independencia de jueces y abogados de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

A partir del atentado a las torres gemelas, la lucha contra el terrorismo ocupó la prioridad de la agenda internacional de EE.UU. Bajo ese objetivo, se lanzó a la caza de los autores del atentado. Primero fue la invasión a Afganistán el 7 de octubre de 2001 donde, según EE.UU, el régimen talibán afgano amparaba a Osama Bin Laden y su red terrorista Al Qaeda.

La persecución continuo en el Irak del dictador Saddam Hussein. George Bush lo acusó de tener vínculos con Bin Laden y poseer armas de destrucción masiva. Con estos argumentos Colin Powell, secretario de estado de EE.UU durante el primer gobierno de Bush hijo, trató de convencer al Consejo de Seguridad de la ONU para tener su autorización de invadir Irak bajo el paraguas de la comunidad internacional.

Sin embargo, el Consejo de Seguridad, encargado del mantenimiento de la paz internacional, no convencido de los argumentos, le dio la espalda. Los propios inspectores de la ONU decían que Irak no tenía armas de destrucción masiva lo que acrecentaba la hipótesis de que EE.UU iba en buscar del petróleo irakí y la cabeza de Hussein. Lo que finalmente logró.

Así, y acabada la etapa diplomática, el 19 de marzo de 2003 EE.UU con el apoyo de Inglaterra, España e Italia y otros países se lanzó sobre Irak inaugurando una nueva forma de guerra, la preventiva.

“El tema de Irak tiene dos vertientes. Una, haber actuado sin el acuerdo del Consejo de Seguridad. Y otra ha demostrado que la intervención no ha sido el mecanismo más eficaz: la violencia sigue generalizada, las posibilidades que el conflicto perdure son muchas con lo cual no ha sido un ejemplo alentador” afirmó Despouy.

“El órgano de las Naciones Unidas cuya responsabilidad primordial es el mantenimiento de la paz y la seguridad es el Consejo de Seguridad” se puede leer en el sitio web de la ONU. El Consejo esta integrado por 15 miembros, cinco permanentes y 10 electos por la Asamblea General por períodos de dos años. Los miembros permanentes son China, Estados Unidos, Rusia, Francia y el Reino Unido. “Todos los Miembros de las Naciones Unidas convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad. Éste es el único órgano de las Naciones Unidas cuyas decisiones los Estados Miembros están obligados a cumplir” establece la Carta de las Naciones Unidas.

“Al acabarse la guerra fría se pudieron poner en marcha los mecanismos que permitían de una manera más efectiva intentar asegurar la paz internacional. Fue el caso de la invasión de Irak a Kuwait donde con la autorización de la ONU se procedió a hacer retroceder a Irak. Esto se quebró en el año 1999 con Kosovo. En esa ocasión la OTAN, sin autorización del Consejo de Seguridad, tuvo aquélla pretendida intervención humanitaria para proteger a los albanos-kosovares. Y ha tenido una fractura más grave con la invasión a Irak. En las dos ocasiones hubo una violación al derecho internacional” le explicó a DiarioJudicial.com Alejandro Consigli, Rector de la Universidad Austral.

“Un estado podría demandar a EE.UU ante la Corte Internacional de Justicia por haber violado una norma de derecho internacional que prohíbe el uso de la fuerza. Ya hay antecedentes en el caso de Nicaragua que demandó a los EE.UU en la década del 80 y la Corte Internacional de Justicia falló a favor. Consideró que había responsabilidad de EE.UU en el entrenamiento de los “contras” y que eso era una injerencia en los asuntos internos de los estados. La sanción que puede caber en esos casos es económica” explica Consigli.

Para el rector de la Austral el atentado a las torres produjo que “por primera vez se consiguió por parte del Consejo de Seguridad una condena absoluta contra el terrorismo. Y los estados han establecido cierto tipo de conducta y obligaciones con respecto a los actos terroristas”.

Esto se produjo el 28 de septiembre de 2001 cuando el Consejo de Seguridad aprobó la Resolución 1373, en la que reafirmó su condena al ataque contra las torres.

Además, la Resolución 1373 creó el Comité contra el Terrorismo que impuso obligaciones a todos los Estados para luchar contra el terrorismo. La resolución exige a los Estados que: tipifiquen como delito en su legislación interna la asistencia activa y pasiva al terrorismo y enjuicien a quienes infrinjan esa legislación y se adhieran cuanto antes a las convenciones y los protocolos internacionales pertinentes relativos al terrorismo.

“El peligro latente detrás del terrorismo es que conduzca a una sanción de leyes injustas. Es decir, que de algún modo se intente responder al terrorismo con sus mismas armas, que es el caso de la invasión de Irak, y el otro riesgo es que por defender a la sociedad contra el terrorismo se avance sobre derechos humanos fundamentales” dice Consigli.

Con él coincide Despouy. “Los países antes de adoptar esas medidas deben reflexionar. En general, los que han disminuido las garantías no han sino deteriorado su propio tejido internacional y no por ello han sido más eficaces en combatir al terrorismo”.

Uno de esos países es Inglaterra que, luego de los ataques terroristas del 7 de julio pasado, está discutiendo un plan para deportar a todo extranjero que fomente el odio racial, promuevan crímenes o actos terroristas. También Inglaterra promovió cortes secretas con jueces especiales y sin jurados, como los tiene ese país, donde se puedan pruebas de los servicios de inteligencias sin explicarle a los imputados de donde provienen. Ambas iniciativas cosecharon repudios de la ONU y otros organismos internacionales de derechos humanos.

“En nombre de la lucha antiterrorista se han empezado a afectar algunos derechos como la libertad de expresión, de asociación y en particular algunos sectores de la sociedad como los demandantes de asilo, los solicitantes de refugios, inmigrantes y en algunos países hasta la propia oposición. Las personas acusadas de terrorismo deben ser sometidas a la acción de la Justicia y sancionadas con todo el peso de la ley pero dentro de las garantías que la comunidad ha dado para juzgar y combatir a la violencia. Es compatible el estado de derechos y una lucha eficaz contra el terrorismo” piensa Despouy.

El combate contra el terrorismo paso a ser la prioridad número uno de los EE.UU y en ese fragor, principios fundamentales como libertad, seguridad y justicia parecen pasar a un segundo plano en pos de esa lucha.

Para Consigli esos principios “tienen que vincularse en la prudencia de los gobernantes. La libertad junto con la vida, que esta incluida en el concepto de seguridad, porque en definitiva la seguridad esta para defender la calidad de vida, son los dos bienes más grandes que posee la persona y la justicia esta para distribuirlas adecuadamente. Entonces, el desafío que tenemos es hacer que se vinculen de tal modo que se produzca un crecimiento en la calidad de vida de las personas y no en detrimento de esta”.



martín angulo / dju
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