22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Procesan al farmacéutico que preparaba los medicamentos de Rímolo

La Cámara del Crimen procesó a Roberto Russo como partícipe primario del delito de tráfico de medicamentos peligrosos para la salud, agravado por la muerte de Lilian Díaz. La víctima era paciente de la clínica CIDENE y murió por la ingesta de los medicamentos. Los jueces destacaron que el imputado “no podía desconocer los efectos que la composición de los preparados podían causar en los pacientes y las consecuencias nocivas que su ingesta podía provocar”. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en autos “Russo, Roberto Oscar s/ procesamiento” a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra la resolución que decretó el procesamiento de Roberto Oscar Russo por considerarlo, prima facie, partícipe primario de la comisión del delito de tráfico de medicamentos peligrosos para la salud agravado por la muerte de una persona.

El tribunal explicó, en primer lugar, que estaba acreditado en la causa que la medicación que ingiriera la víctima, Lilian Stella Díaz, provino de la farmacia “Mauri” en la cual el imputado se desempeña como farmacéutico responsable desde hace muchos años. Y que en los resúmenes de la tarjeta de crédito de Díaz figuran los débitos a favor de “CIMA” (Farmacia Mauri), durante los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2001.

Además, recordaron que una testigo, Gabriela Alejandra Sánchez , manifestó que en la ficha de Lilian Díaz, donde dice “opciones de tratamiento” está indicado el tratamiento que le dio Giselle Rímolo a la paciente. Sánchez fue quien atendió a Díaz en la clínica “CIDENE” y completó los datos que figuran en su ficha. La mencionada afirmó que la medicación de la farmacia “Mauri" “venía en bolsa, dos o tres veces a la semana” y que la traía “una persona mayor”. Ello coincide con lo manifestado por Mariana Paola Alliano, quien identificó a esta persona como “Cacho”, resultando ser éste el padre de Mauricio Oscar de Sanliborio, dueño de la farmacia.

En la ampliación de la indagatoria, Alliano, al serle exhibidos los frascos aportados por la madre de Díaz, reconoció la mayoría de ellos como provenientes de la farmacia “Mauri”. Eso se oponía a los argumentos de la defensa de Russo, que advierten que su defendido “se limitaba a cumplir con su labor profesional, preparando los medicamentos que le encomendaban mediante la presentación de las recetas médicas”.

Pero para el tribunal estaba acreditado que “la farmacia “Mauri” entregaba los medicamentos peligrosos a granel, los cuales, ya dentro del “CIDENE”, eran colocados en frascos y rotulados, disimulando su carácter nocivo, para ser vendidos a los pacientes que allí concurrían, entre ellos, la fallecida Díaz.

Y que “el imputado actuó con total desaprensión por los bienes jurídicos ajenos puesto que, por los conocimientos inherentes a su profesión y por ser él mismo quien los preparaba, no podía desconocer los efectos que la composición de los preparados podían causar en los pacientes y las consecuencias nocivas que su ingesta podía provocar, como tampoco el destino que se les daba”.

Además, los jueces manifestaron que es “inverosímil” el desconocimiento alegado por Russo con relación a la distribución que se efectuaba en el instituto teniendo en cuenta la función que desempeñaba, la cantidad de años que trabajó en Mauri y el estrecho contacto que existía entre el dueño de la farmacia y la coprocesada Rímolo.

Por todo ello, el tribunal confirmó el procesamiento de Roberto Oscar Russo por considerarlo, prima facie, partícipe primario de la comisión del delito de tráfico de medicamentos peligrosos para la salud, agravado por la muerte de una persona (arts. 45, 201, en función del 200, CP y 306, CPPN).

dju / dju
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