“Lo que planteo son los términos generales de un régimen que garantice que los mejores sean los elegidos. Que no se entre más porque alguien conoce a alguien que trabaja en la justicia. Esto se llama nepotismo y no es bueno para el servicio de justicia y menos para el justiciable”, le explicó a DiarioJudicial.com el consejero en representación del Poder Ejecutivo Joaquín Da Rocha, autor del proyecto de “Reglamento de ingreso y ascenso en la carrera judicial” que se está debatiendo en la Comisión de Reglamentación del Consejo.
La iniciativa fija los requisitos que se deben reunir para ser secretario, prosecretario, empleado, relator y personal de maestranza. Y también regula los contenidos de los exámenes para los ingresos y ascensos y la metodología de los concursos.
Los aspirantes a secretario y prosecretario deberán ser abogados, los empleados tener título secundario y el personal de maestranza de primaria. Los relatores también deberán tener título secundario, excepto los de la Cámara Nacional de Casación Penal, de las Cámaras Nacionales y Federales y de los Tribunales Orales quienes deberán ser abogados. Además, en todos los casos, los postulantes deberán acreditar aptitud psicotécnica para el cargo y rendir exámenes.
Los contenidos de los exámenes varían según el cargo, aunque todos mantienen criterios parecidos. Los aspirantes a empleados judiciales deberán rendir un prueba en el que se evaluara la redacción de notas sobre temas vinculados a trámites judiciales y otra sobre conocimientos generales de la organización judicial y normas procedimentales de nivel elemental y de derecho constitucional.
La evaluación de los postulantes a secretarios y prosecretarios consiste en la elaboración de cédulas, oficios y otros escritos judiciales que sean pertinentes para el cargo. Además, tendrán un examen sobre nociones de derecho especificas del fuero en el que concursan.
Para todos los cargos, además de los exámenes, se analizarán los antecedentes académicos y laborales de los candidatos. Para el personal de maestranza no habrá pruebas de conocimientos, sólo se tendrá en cuenta sus antecedentes.
Los relatores son la única categoría que tendrá un régimen especial. Podrán ser elegidos por el juez pero a los seis meses de haber ingresado deberán rendir el mismo examen que los candidatos a secretarios y prosecretarios.
Los concursos se realizarán en el ámbito de cada Cámara de Apelaciones, Tribunales Orales Federales en lo Criminal y Correccional del interior del país y del Consejo de la Magistratura.
Una vez que se realicen todos los exámenes se conformará una lista con los que hayan obtenido los mejores puntajes en las evaluaciones y los antecedentes para cubrir las futuras vacantes. Esto quiere decir que el ingreso a la justicia por concurso será a medida que se vayan produciendo vacantes, por lo que los empleados actuales mantendrán sus cargos.
Este régimen de ingreso se aplicaría para los cargos en el Poder Judicial de la Nación y el Consejo de la Magistratura, pero no para el personal de la Corte Suprema de Justicia. “La Corte fijará sus propios criterios para seleccionar porque así lo manda la Constitución”, explica Da Rocha.
En la actualidad no hay un régimen general de ingresos a la justicia nacional. Sino que cada Cámara Nacional fija sus propios criterios donde, en general, quienes ingresan realizan cursos de capacitación y exámenes de competencia sobre, por ejemplo, mecanografía, algo totalmente en desuso en los tribunales.
Para Da Rocha si cada cámara tiene su propio criterio de ingreso “se incumple con un principio que es el de igualdad” porque “en algunos casos hay mas exigencias y en otros menos”. “Si usted tiene que cumplir con distintos requisitos para ingresar a la Cámara Laboral que a la Cámara Comercial acá hay un principio de igualdad que esta incumplido” completó el consejero.
En relación a los ascensos, la iniciativa también plantea que sean mediante exámenes. Además, “se tendrá en cuenta la idoneidad, antigüedad y capacidad evidenciada en los cargos judiciales que surgirá de la planilla de calificaciones agregadas anualmente al legajo personal de cada agente” establece uno de los artículos del proyecto.
En las planillas de calificaciones se evaluará la asistencia y puntualidad, el concepto y aptitud personal y la aptitud para el cargo de cada empleado.
Si bien la iniciativa recién comenzó a discutirse, fue tratada una sola vez en la Comisión de Reglamentación ya que en las últimas dos reuniones no hubo quórum para sesionar, algunos jueces ya plantean reparos (Ver Una iniciativa con opiniones a favor y en contra)
“Podría ocurrir que una persona se desempeñe muy bien en un concurso pero no tenga otras cualidades que un juez sabe apreciar cuando elige a un empleado como la confianza” reflexiona Claudio Kiper, camarista civil e integrante del Consejo de la Magistratura.
“Eso es un disparate total”, dice Julio Piumato, titular de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN). “Los empleados judiciales deben ser confiables para la justicia” explica Piumato quien a pesar de “algunas diferencias con el proyecto” está de acuerdo con el ingreso a la justicia por concurso.
Sobre la posibilidad de que los jueces formen parte de la selección de sus empleados durante el concurso, uno de los artículos del proyecto establece que “la autoridad competente podrá optar por cualquiera de los tres primeros postulantes”. Se aplicaría el mismo sistema que en la elección de jueces donde el Consejo envía una terna y el Poder Ejecutivo elige a uno de los tres candidatos.