20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La Corte desestimó nuevos recursos

En un caso en el que se pretendía la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final la Corte consideró que el tribunal que dictó la sentencia que estaba siendo apelada no era el superior tribunal de la causa, que debe ser la Cámara de Casación Penal. En otra causa, se declaró abstracta la solicitud de excarcelación de Carlos Rohm, dirigente del BGN, porque ya recuperó su libertad. FALLO COMPLETO

 
En autos caratulados “Varela, Florencio s/incidente de inconstitucionalidad”, la Corte Suprema resolvió -por mayoría- desestimar la queja interpuesta por los querellantes Alicia Palmero y Rodolfo Yanzón -por parte de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos y por la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, respectivamente- en la causa en la que se declaró que no procedía revisar los efectos oportunamente producidos en el caso por la vigencia de las leyes 23.492 y 23.521 —de Obediencia Debida y Punto Final— y se dispuso la inconstitucionalidad de la Ley 25.779 —que las había tachado de insalvablemente nulas—.

Para decidir de esa manera, los ministros Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti, tuvieron en cuenta que el tribunal que dictó la sentencia contra la que se dirigía el recurso extraordinario denegado, no era el tribunal superior, según el art. 14 de la Ley 48, en el caso la Cámara de Casación.

Mientras que por su parte, Carmen Argibay consideró que la pretensión no se dirigió contra una sentencia definitiva, en la medida en que no se habían agotado las instancias existentes en la jurisdicción para el examen y decisión de las cuestiones federales planteadas.

En otro orden de ideas, en la causa caratulada “De la Rúa, Fernando y otros s/infracción Ley 20.840” la Corte resolvió –también por mayoría- declarar mal concedido el recurso extraordinario articulado por la defensa de Carlos Rohm,, en la causa que se le sigue como jefe de una asociación ilícita que provocó la caída del Banco General de Negocios.

Para así decidirlo los ministros Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti, tuvieron en cuenta que en orden a la prisión preventiva la cuestión se había tornado abstracta porque el recurrente había recuperado su libertad y que la apelación del procesamiento no se dirigía contra una sentencia definitiva.

Tanto Carlos Fayt como Carmen Argibay entendieron que el planteo era inadmisible y sostuvieron que no habiéndose suscitado una cuestión federal, no correspondía considerar cuál había sido el superior tribunal de la causa.



dju / dju
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