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Juan G. Pozzo
16 de Julio de 2010
En relación a lo expresado por el Dr. Conde y estando de acuerdo con la postura del Dr. Charlin me pregunto de qué modo puede justificarse que la exención del pago del impuesto a las ganancias de los jueces sea para garantizar la independencia del poder judicial cuando los mismos jueces estan obligados a pagar otros impuestos de igual o mayor calibre.Por supuesto que una exención impositiva total beneficiando a los jueces seria una burla a la ciudadanía toda vez que de la misma forma, para garantizar su total independencia, los jueces deberían estar exentos de votar, de opinar publicamente fuera de sus fallos, de abonar servicios públicos, etc. Por lo que no se comprende cuál es la "independencia" que otorga tal medida. Este tipo de regimenes especiales no hace mas que recordarnos los vestigios de una Argentina facilista, cómoda y poco seria que sinceramente a los 30 años no tengo ganas de ver más.Dios quiera que nuevas generaciones de ciudadanos y en este caso de abogados, tengan una visión mas transparente de las cosas, y sólo asi comenzaremos a tener una verdadera justicia.
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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