27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Chile: una reforma contra las garantías

Dos diputados quieren modificar el Código Penal para que los acusados no queden libres cuando el fiscal falta a la primera audiencia judicial. Dicen que la norma “tiene un carácter garantista” y no protege el derecho de la víctima.

 
Dos diputados chilenos presentaron un proyecto de ley para que un acusado no sea liberado cuando el fiscal falta a la primera audiencia judicial, tal como establece el Código Penal. Los legisladores aseguraron que la norma vigente es “garantista” y no contempla los derechos de la víctima.

El Código Penal señala que "a la primera audiencia judicial del detenido deberá concurrir el fiscal o el abogado asistente del fiscal. La ausencia de éstos dará lugar a la liberación del detenido". Los diputados del Partido de la renovación nacional Francisco Chahuán y Roberto Sepúlveda consideran que esa norma “tiene un carácter garantista” y por eso proponen modificarla.

“El proyecto dice que el código tiene un carácter garantista, en el sentido de que debe asegurarse a los imputados el pleno ejercicio del derecho a tener un procedimiento justo y racional”, señaló en un comunicado la oficina de prensa de la Cámara de Diputados de Chile. Los diputados consideran que la liberación del acusado por la ausencia del fiscal, vulnera el derecho de la víctima.

Por eso los legisladores proponen que los representantes del Ministerio Público sean sancionados administrativamente cuando se compruebe que su ausencia no tiene justificación.

Los autores de la iniciativa citaron un ejemplo. Contaron que en un Juzgado de Garantías de la Región Metropolitana no se presentó el fiscal de turno, por lo que el presidente del Tribunal liberó al detenido. Luego el representante del Ministerio Público tuvo que pedir una nueva orden de detención del imputado.

La propuesta de los diputados apunta a que transcurrido un plazo en el que el fiscal no asista a la audiencia, el juez deberá designar de manera inmediata a un nuevo representante del Ministerio Público para continuar con el proceso.



dju / dju
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