27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Durmiendo con el enemigo

La Cámara del Crimen procesó a un enfermero que trabaja en el Hospital del Quemado por el delito de abuso sexual con acceso carnal. El imputado habría violado a una mujer que se encontraba internada en terapia intermedia. Para ello le habría suministrado una pastilla, que la hizo dormir, quebrando cualquier tipo de resistencia. 

 

Lo resolvió la Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, integrada por los jueces Alfredo Barbarosch, Gustavo A. Bruzzone y Jorge Luis Rimondi en autos caratulados “Errico, Norberto Oscar” a raíz del recurso de apelación interpuesto por Oscar Eduardo Torres Avalos, defensor de Norberto Oscar E., contra la resolución que dispuso reformular el hecho del auto de procesamiento dictado, sin prisión preventiva, contra su defendido, en el que se lo considera autor material del delito de abuso sexual con acceso carnal (arts. 45 y 119, tercer párrafo en función del primer párrafo, según Ley 25.087).

La denuncia la presentó una mujer, I.D.L., quien refirió que el 16 de enero de 2004, cerca de la medianoche, mientras se encontraba internada en terapia intermedia en el Hospital del Quemado, se le acercó el imputado -enfermero de turno- para suministrarle la medicación. La mujer le hizo saber al enfermero que la enfermera Gauna ya le había dado la medicina estipulada. No obstante, el imputado le habría colocado una pastilla en la boca, que empujó con sus dedos para que la tragara.

Luego de esto, la mujer comenzó a sentirse mareada y notó que el imputado levantó su camisón, le tocó los pechos y genitales, y luego le introdujo uno de sus dedos en la cavidad vaginal y más tarde la violó. En su denuncia, la víctima destacó, además, que no pudo hacer nada para evitarlo ni pedir ayuda por el efecto de la medicación suministrada.

Por estos motivos, se dictó el procesamiento de E., por considerarlo autor materialmente responsable del delito de violación (arts. 119, 3 párrafo en función del 1 párrafo del CP), mientras que el tribunal, en oportunidad de intervenir por apelación de la defensa, confirmó dicho procesamiento, aclarando que ello era en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal.

Sin embargo, luego de una ampliación de la indagatoria del imputado, el juez de primera instancia dictó un nuevo auto en el que tuvo por reformulado el hecho por el cual se lo procesara a E., resolución ésta que fue atacada por la defensa.

“Así las cosas, y analizada la cuestión a partir de la última intervención del tribunal, se advierte que la conclusión a la que en aquél momento arribara el tribunal no solo se mantiene incólume, sino que las nuevas probanzas que se incorporaron, no hacen mas que robustecerla, a punto tal de mantener el criterio allí esgrimido”, sostuvo en el fallo el tribunal.

Además agregó: “Los agravios vertidos por Oscar Eduardo Torres Avalos, junto con el descargo del imputado, no logran desvirtuar las constancias de autos, ni el análisis que de ellas se efectuó, al que en honor a la brevedad nos remitimos, como tampoco el que ahora se esgrime”.



dju / dju
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