23 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 24/12/2024

Absolvieron a un anciano por mantener relaciones con un menor

La Justicia de España absolvió a un hombre de 80 años que mantuvo relaciones sexuales con un menor de edad durante dos años. El tribunal explicó que no existieron amenazas y recordó que el Código Penal establece que a partir de los 13 años una persona tiene capacidad para consentir sus actos.

 
La Justicia española absolvió a un hombre de 80 años que mantuvo relaciones sexuales con un menor de edad en su negocio, a pesar que se comprobó el contacto entre ambos. El tribunal entendió que no hubo amenazas por parte del hombre y recordó que el Código Penal establece que a partir de los 13 años una persona tiene capacidad para consentir sus actos.

La sentencia fue dictada por la Audiencia de Ourense y favoreció a un kiosquero de 80 años que invitaba a un menor de 13 años a su negocio. Según el sitio Terra de España, la sentencia dice que en el interior del local el hombre “comenzó a hacerle tocamientos sin que éste (el menor) opusiese resistencia y durante media hora el acusado penetró al menor y viceversa”.

“Tras ese primer encuentro hubo otros muchos, entre veinte y treinta, hasta una ocasión en la que fueron vistos por un primo del menor y su esposa, cuando el acusado y el joven abandonaban un recinto frecuentado por parejas, mientras terminaban de vestirse”, señala la sentencia. Las relaciones comenzaron en el verano de 2000 y se prolongaron durante dos años.

El tribunal recordó que el Código Penal establece que “a partir de los 13 años y en situación normal, el joven tiene capacidad para consentir los hechos ocurridos ya que no existía privación de sentido ni trastorno mental”. Sin embargo, el menor, nacido en 1986, presentaba un déficit cognitivo por el cual “su capacidad intelectual es ligeramente inferior al promedio”.

Para absolver al anciano, los jueces descartaron que hayan existido amenazas de su parte o algún tipo de incentivo económico para que el menor accediera a tener relaciones. Los magistrados explicaron que el relato del menor “carece de homogeneidad e impide considerar la realidad de las amenazas o cualquier actuación del acusado que pudiese coartar su libre decisión”. El tribunal desechó los nueve años de prisión que había pedido como condena el fiscal por el presunto delito de abuso sexual continuado.



dju / dju
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