04 de Diciembre de 2024
Edición 7105 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/12/2024

Bajos instintos

La Corte Suprema de México convalidó una multa de más de un millón de dólares contra el líder antiabortista Jorge Serrano Limón. El imputado, ex presidente la ONG Comité Nacional Pro-Vida, fue acusado de desviar fondos públicos destinados a programas sociales en favor de la mujer.Los recursos fueron utilizados en la compra de lencería.

 
La Corte Suprema de México ratificó la multa de 1,1 millones de dólares para el líder antiabortista Jorge Serrano Limón por el desvío de fondos públicos para la compra de lencería femenina. Lo hizo al rechazar un amparo presentado por Serrano, ex presidente la ONG Comité Nacional Pro-Vida.

Los once magistrados que integran el máximo tribunal entendieron que eran legales las sanciones contra Serrano, que entre otras cosas fue inhabilitado para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público durante 15 años, además de pagar la multa.

El caso de Serrano, que se transformó en un verdadero escándalo público, saltó a la luz pública en el 2003, después de que la ONG que dirigía, Pro-vida, recibió 30 millones de pesos (2,6 millones de dólares) de una partida de fondos públicos para programas sociales en favor de la mujer. Varios medios publicaron en aquel momento que entre los gastos de Pro-vida había facturas por la compra de ropa interior. Serrano dijo entonces que la lencería era parte de la ayuda que entrega su organización a “mujeres muy pobres”.

Finalmente, la Secretaría de la Función Pública sancionó a Serrano Limón con la multa dineraria y una inhabilitación de 15 años para ocupar cargos públicos. De esa manera, se convirtió en el primer particular multado con la nueva la ley de responsabilidades de servidores público, que entró en vigencia en 2002.

En su defensa, Serrano admitió haber cometido "errores administrativos", pero rechazó haber desviado o malversado los fondos. Y solicitó el amparo con el argumento de que esta ley sólo se aplica a los servidores públicos. Sin embargo, la Corte rechazó sus argumentos y confirmó la condena.



dju / dju
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