20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

?Estimamos que va a mejorar la transparencia y la celeridad?

Así calificó el presidente de la Cámara Penal de Santa Fe, Julio De Olazábal, al anteproyecto de reforma del Código Procesal Penal de la provincia. El nuevo texto prevé un sistema netamente acusatorio, donde la investigación esté en manos de los fiscales. Además, la inciativa impulsa la autarquía del Ministerio Público y la creación de la Policía Judicial.

 
La Justicia de Santa Fe está cada vez más cerca de tener un nuevo Código Procesal Penal. Este martes una comisión que trabaja en su modificación aprobó un anteproyecto con sustanciales reformas al texto normativo que, entre otros cosas, incluye la implementación del modelo acusatorio y la instauración de los juicios orales. Santa Fe es la única provincia del país que todavía tiene un proceso escrito.

“Estimamos que va a mejorar, por un lado, la transparencia en el sentido que la desconfianza actual que existe sobre la Justicia esperamos que se pueda borrar porque la gente va a poder ver directamente lo que está ocurriendo en los juicios orales y, por otro lado, la celeridad. Frente a un esquema como el nuestro en el cual lleva años el proceso, este va a ser muchísimo más rápido”, dijo Julio De Olazábal, presidente de la Cámara Penal de Santa Fe y titular de la comisión que trabaja en la reforma del Código Procesal Penal, quien dialogó con Diariojudicial.com para conocer en detalle los alcances de la reforma.

Esa reforma forma parte del Plan Estratégico del Estado Provincial para la Justicia Santafesina, que esta siendo llevado a cabo por representantes de los tres poderes de la provincia y que incluye modificaciones a la Ley 10.160 de Competencia, fueros y jurisdicción (mapa judicial), la ley de Suplencias y Estado judicial, los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, la Estructura y Recursos Humanos del Poder Judicial, el Digesto Provincial y los 6 códigos procesales provinciales.

El anteproyecto debe ser ratificado por el Consejo Rector del Plan Estratégico y luego enviado a la Legislatura para su sanción.

¿Cuales son las modificaciones principales?

Se propone la derogación del Código para la sustitución de uno nuevo. La idea sustancial es establecer un Código netamente acusatotio, en el cual el juez no tenga ninguna facultad para hacer investigaciones sino que únicamente se limita a dirigir el proceso y a dictar una resolución conforme exclusivamente a las peticiones de las partes. El juez queda como un tercero totalmente imparcial. Tiene como singularidad, por ejemplo, en resguardo de la imparcialidad, no sólo que tiene que apartarse del proceso, si ha tenido cualquier tipo de conocimiento, sino que expresamente se establece que al momento de entrar a la audiencia del debate no tiene que haber tenido absolutamente ningún conocimiento acerca de la causa que va a juzgar. La idea es que el juez cuando entra al debate no sepa si va a juzgar un accidente de tránsito, un homicidio, o una violación. Para asegurar esa imparcialidad todo el trámite burocrático de la causa queda alegado de las manos de los jueces. Todo eso va quedar concentrado en una Oficina de Gestión Judicial que citará a la gente, convocará a los testigos y, esto es muy importante, hace un sorteo de jueces. Llegado el momento en el que la causa está para fijar audiencia ante esta Oficina de Gestión Judicial se hace un sorteo entre todos los jueces disponibles.

¿Qué otras reformas proponen?

La constitución del tribunal puede ser unipersonal o pluripersonal, de tres miembros, según la gravedad del hecho. La investigación está exclusivamente en manos del fiscal. Se crea una Policía Judicial y se sancionará una ley de Ministerio Público que consagrará la autonomía y la autarquía de esta institución.

¿Todo esto va a implicar aumento de personal?

Probablemente sí. Digo probablemente porque hay que hacer un estudio de reasignación de personal y de funciones porque la estructura actual de los juzgados con secretarías, prosecretarías desaparece y ese personal puede ser asignado al Ministerio Público, no necesariamente todos como fiscales. Hay toda una estructura nueva que tiene que ser pensada a la que se le asignará, por ejemplo, todo el personal actual de los juzgados de instrucción.

¿Qué beneficios traerán estas modificaciones al servicio de Justicia?

Primero, la intervención de la víctima. En el actual esquema de Santa Fe la víctima no puede más que presentarse como actor civil para reclamar la indemnización del daño. Ahora se ha puesto un amplísimo sistema de querellante de modo tal que la víctima puede constituirse como querellante en el proceso, llevarlo adelante, e incluso en contra de la opinión del fiscal. Estimamos que va a mejorar, por un lado, la transparencia en el sentido que la desconfianza actual que existe sobre la Justicia esperamos que se pueda borrar porque la gente va a poder ver directamente lo que está ocurriendo en los juicios orales y, por otro lado, la celeridad. Frente a un esquema como el nuestro en el cual lleva años el proceso, este va a ser muchísimo más rápido.

¿Cuánto tarda hoy un proceso y cuánto tiempo llevaría con el nuevo Código?

Es difícil decirlo porque no todos son iguales. Pero los procesos penales en la provincia de Santa Fe duran aproximadamente un promedio de dos años. Y nosotros estamos viendo que esos mismos casos en otros lugares se resuelven en ocho meses. De cualquier manera esos son plazos estimativos.

La modificación al Código Procesal Penal ¿requiere reformar otras legislaciones?

Sí, indudablemente. Requiere modificar la ley Orgánica de Tribunales, la ley de Ministerios Públicos, la ley de Defensa Pública y una ley de creación de la policía judicial, entre otras.



dju / dju
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