05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

Avanza la ley para regular el amparo en la Ciudad

La Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura porteña aprobó un dictamen sobre la ley de amparo. El texto consensuado recoge el contenido de nueve proyectos (ocho de diputados y uno de la Asociación de Profesionales del Derecho Administrativo). El 9 de noviembre podría aprobarse en el recinto. TEXTO COMPLETO

 
En poco tiempo, la ciudad de Buenos Aires tendrá su propia ley de amparo. Luego de varios meses de debate, esta semana, la Comisión de Asuntos Constitucionales, que preside Enrique Olivera, aprobó un dictamen consensuado, que en las próximas horas, será girado a la Comisión de Justicia, antes de su sanción definitiva en el recinto.

El dictamen recoge el contenido de nueve propuestas legislativas, de las cuales ocho fueron presentadas por diputados y una por la Asociación de Profesionales del Derecho Administrativo de la Ciudad, que preside Mabel Daniele. La entidad, según fuentes parlamentarias, había hecho un fuerte “lobby” para que se avance con la ley.

“La sanción de una norma legislativa venía siendo una de las grandes deudas de la Legislatura. A los diez años de la sanción de nuestra Ley fundamental debíamos introducir este instrumento regulador de una de las principales garantías constitucionales”, sostuvo el legislador Jorge Enríquez, uno de los principales impulsores de la ley.

“Los legisladores hemos presentado diversos proyectos relativos no sólo al amparo particular, sino también al que propende a la defensa de los derechos colectivos, aspecto, este último, que implica nuevos paradigmas y técnicas procesales en torno a legitimación, trámite del proceso, conformación de la “clase” o grupo de personas afectadas que solicitan el amparo y los efectos de la sentencia”, indicó el legislador, que presentó un proyecto para regular el amparo.

De hecho, según explicó el propio Enriquez, el proyecto aprobado recoge varias de sus propuestas. “El dictamen señala, mediante una cláusula transitoria, que el amparo contra actos u omisiones de particulares, hasta que no se produzca la transferencia de la competencia judicial en materia civil no podrá tramitar en el ámbito del poder judicial de la ciudad, que, por ahora, no incluye esa materia, sino la contencioso administrativa, de modo que sólo el amparo contra actos de autoridades públicas de la Ciudad va a ser el directamente impactado y regulado por la norma de cuya sanción se trata”, contó el diputado.

Y agregó: “Se dispone que la sentencia firme declarativa de la existencia o inexistencia de la lesión, restricción, alteración o amenaza en las condiciones establecidas por el artículo 14 de la Constitución de la Ciudad, hará cosa juzgada respecto del amparo, dejando subsistente el ejercicio de las acciones que puedan corresponder a las partes, con independencia del amparo”.

Aunque la discusión sobre la ley de amparo comenzó hace varios meses, el trabajo más intenso tuvo lugar durante los últimos tres meses en las reuniones de asesores de los diputados que integran la Comisión de Asuntos Constitucionales. En ese lapso de tiempo, se llevó a cabo unas jornadas que permitieron darle un fuerte impulso al debate sobre el amparo.

El dictamen tiene preferencia para la sesión del 9 de noviembre, según confirmaron en la Comisión de Asuntos Constitucionales, pero podría tratarse sin un dictamen de Justicia. “Debería pedirse tratamiento sobre tablas aunque no creo que lo merezca el tema”, le dijo a este medio una fuente de la Legislatura.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486