28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

El sueño de la casa propia se derrumbó

La Cámara del Crimen procesó por el delito de defraudación al gerente de una empresa que vende casas premoldeadas. Los querellantes habían comprado una vivienda pero cuando arrancó la instalación notaron que los materiales no eran los mismos que la empresa se había comprometido a utilizar. El tribunal sostuvo que la casa no estaba en condiciones de habilitabilidad y que tenía riesgos estructurales. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Juan Esteban Cicciaro, Abel Bonorino Peró y José Manuel Piombo, en los autos caratulados “Espeche, Héctor. Procesamiento. Defraudación”, a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra la resolución que lo procesó por el delito previsto en el artículo 173, inciso 1, del Código Penal, y ordenó trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 5 mil pesos.

Espeche, en su calidad de socio gerente de la firma “Viviendas Rolón de Siteca S.R.L.”, está acusado de llevar a cabo una la maniobra defraudatoria en perjuicio de Jorge Alberto Belondrade y Roxana Elizabeth Rodríguez, en virtud del contrato que suscribieran para la compra de una vivienda premoldeada a ubicarse en la parte superior de la propiedad ubicada en la calle Lugones 1678 de esta ciudad.

Según figura en la causa, el contrato se firmó el 27 de mayo de 2004. Y el 3 de agosto del mismo año se comenzó a instalar la vivienda. Rápidamente, los denunciantes advirtieron que la calidad de los materiales no era los mismos que los imputados se habían comprometido a utilizar, y que adolecía de falencias edilicias que imposibilitaban su habitación.

El peritaje realizado, de hecho, afirma que la vivienda presenta riesgos estructurales debido al sistema ideado, materiales empleados y forma de montaje y fijación en obra. Probado, ello, el tribunal decidió confirmar la resolución impugnada. Los jueces dijeron que “la vivienda no estaba en condiciones de habilitabilidad, debido a su inestabilidad, que en nada se vio afectada por el incumplimiento de los denunciantes referido al revestimiento exterior que aquella debía tener”.

Además, el tribuna aclaró que el imputado, por su calidad de gerente, es penalmente responsable “ya que no se trataron de deficiencias de quienes llevaron a cabo la construcción, sino que fueron aquellas referidas al sistema estructural e ideación de la obra las que en definitiva permitieron a los peritos establecer su peligrosidad e inhabilitabilidad”.



dju / dju
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